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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539344 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Declaran que predio ubicado en el distrito se encuentra sometido al régimen especial de conservación establecido en la Ordenanza Nº 387/ MM y Ordenanza Nº 401/MM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2014/MM Mirafl ores, 28 de noviembre de 2014 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, acorde con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y regula las Microzonas de Valor Urbanísticos y Ejes de Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano en el distrito de Mirafl ores; asimismo, con la Ordenanza Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollándose, entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a los benefi cios que dichos dispositivos establecen. En tal sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la composición arquitectónica de las edifi caciones, proteger la arquitectura de valor representativo, preservando los predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que no siéndolo, poseen un valor urbanístico en su conjunto, como mecanismo de preservación de la identidad distrital; Que, a través del Expediente Nº 3613-2014, ingresado el 06 de mayo de 2014, el señor Javier Antonio Echecopar Mongilardi, identifi cado con DNI Nº 09817063, solicita su acogimiento libre y voluntariamente a los alcances de las citadas ordenanzas, con relación al predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Mirafl ores; Que, conforme se aprecia en el expediente antes citado y de acuerdo a la verifi cación realizada por la unidad orgánica competente, los administrados cumplieron con acompañar los requisitos que se exigen para la emisión del Certifi cado de Derechos Edifi catorios al que hacen referencia las disposiciones de las Ordenanzas Nº 387/ MM y Nº 401/MM, conforme se desprende del Informe Legal Nº 445-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 16 de julio de 2014, emitido por la Subgerencia de Catastro; Que, se programaron las inspecciones a las que se hace mención en el artículo 4 de la Ordenanza Nº 401/ MM, luego de las cuales se emitió Informe Técnico Nº 1496-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de octubre de 2014, que obra en el folio sesenta y ocho (68) y siguientes de los actuados, mediante el cual se efectúa el diagnóstico del predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Mirafl ores, que contiene la determinación de las áreas o zonas del predio con valor urbanístico que deberán mantenerse intangibles, el estado de conservación de las mismas, las recomendaciones a considerar para las obras a realizarse y los derechos edifi catorios a transferir; Que, en mérito de lo indicado y acorde a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 401/ MM, la Subgerencia de Catastro emitió la Resolución de Subgerencia Nº 146-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 30 de octubre de 2014, que declara procedente la solicitud presentada por los administrados; correspondiendo emitir el decreto de alcaldía, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 18 de la ordenanza citada, a fi n que constituya el documento con el que se dispone la limitación o restricción de demoler, ampliar y/o remodelar el predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Mirafl ores, de modo que dicho decreto de alcaldía y demás actos vinculados sean inscritos en la Partida Nº 07004494 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sede Lima; Que, por otra parte, mediante Acuerdo de Concejo Nº 075-2014/MM del 13 de octubre de 2014, se aprobó la licencia por motivos personales del Titular de la Entidad, encargándose el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, Carlos Eugenio Alarco Proaño, del 22 de noviembre al 02 de diciembre de 2014, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la citada Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Declarar que el predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Mirafl ores, se encuentra sometido al régimen especial de conservación establecido en la Ordenanza Nº 387/MM y Ordenanza Nº 401/MM, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Subgerencia Nº 146-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 30 de octubre de 2014; consecuentemente, los propietarios del predio en mención se encuentran sujetos a los deberes y obligaciones que emanen de dicho régimen. Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la Carga Técnica Registral respecto del predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Mirafl ores, inscrito en la Partida Nº 07004494, consistente en el cumplimiento de las limitaciones y restricciones referidas a la demolición, ampliación y/o remodelación de las áreas intangibles del predio, así como el deber de mantenerlo en buen estado de manera permanente, según lo dispuesto en el artículo tercero de la Resolución de Subgerencia Nº 146-2014- SGCA-GDUMA/MM de fecha 30 de octubre de 2014. Artículo Tercero.- Disponer que los propietarios del predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Mirafl ores, lleven a cabo las acciones necesarias para la puesta en valor del mismo, de conformidad con las disposiciones de la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/ MM, comprometiéndose a proteger el estado físico del predio una vez restaurado y manteniendo su estado original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones comprendidas en el Informe Técnico Nº 1496-2014-SGCA- GDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 3613-2014. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del mismo en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe), en la misma fecha de su publicación ofi cial. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALARCO PROAÑO Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1172218-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Aprueban adecuación del TUPA 2014 de la Municipalidad a las Leyes Nºs. 30228 y 30230 ORDENANZA Nº 0166-2014-MDP Pucusana, 21 de agosto del 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUCUSANA POR CUANTO: Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21/08/2014 el Informe Nº 047-2014-GPP-MDP de la