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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539347 Media “RDM” , cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; Que, habiendo cumplido el recurrente con los requisitos y disposiciones que señala el citado informe técnico, cuya opinión es favorable, y estando a la titularidad del predio por parte de Braddy Alberto Fernández Palomino que demuestra representación, corresponde aprobar la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único bajo la Modalidad C: Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica, en atención a las disposiciones de la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Artículo 10º Numeral 3), sus modifi catorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y su modifi catoria; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.3 del TUPA de la MDSMP, aprobado con Ordenanza Nº 351-MDSMP del 18 de setiembre del 2013, la Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites de Habilitación Urbana Nueva bajo la Modalidad C: Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, por lo que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 20 de julio de 2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, en cumplimiento del artículo 195º de la Constitución Política del Estado que señala que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo”, siendo competentes, entre otros, para: Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – LOM que señala que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; en estricto desempeño de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del artículo 79º de la LOM, en cuanto organización del espacio físico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 0194-2014-CAST-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 01 de agosto del 2014, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único bajo la Modalidad C: Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica, conforme al artículo 17º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 0257-2014-MAGI-SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 31.07.14, Notifi cándose conforme a Ley; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones y sus modifi catorias – Ley Nº 29090, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 012-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único bajo la Modalidad C: Aprobación con evaluación previa del proyecto por la Comisión Técnica, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del inmueble con un área superfi cial de 5,010.00 m2, constituido por el Lote 6 de la Manzana “F” de la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, inscrito en la Ficha Nº 445742 y continuada en Partida Electrónica Nº 43881108 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Nº 068-2014-SGCHU-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva; que forman parte integrante de dicho acto administrativo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a BRADDY ALBERTO FERNANDEZ PALOMINO para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de agua potable, alcantarillado, electrifi cación, pavimentación de pistas y veredas del terreno de 5,010.00 m2. El inicio de la vigencia de la presente resolución será computado a partir del ingreso del expediente del visto. La prórroga deberá solicitarse dentro de los treinta días calendario, anteriores al vencimiento de la presente. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta 5,010.00 Área Útil 3,314.52 Área afecta por Cables de Alta Tensión 1,695.48 Área de Vías 0.00 Las obras se ejecutarán de acuerdo a las siguientes especifi caciones técnicas: AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL y acorde con las consideraciones establecidas en la Carta Nº 2997-2012- EGP-N de fecha 13 de diciembre del 2012, emitida por dicha empresa prestadora de servicio, en la cual se otorga la factibilidad de los servicios de agua potable y alcantarillado. ALUMBRADO PÚBLICO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS: Obras Eléctricas.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la empresa concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de de las empresas de Telefonía para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80.