Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 160

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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban habilitacion MORDAZA nueva de inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 247-2014-SGCHU-GDU/MDSMP San MORDAZA de Porres, 1 de agosto de 2014 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Documento Nº 37218-2014 de fecha 20 de Junio del 2014 y acumulados, promovido por don BRADDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual solicita la Licencia de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico bajo la Modalidad C: Aprobacion con evaluacion previa del proyecto por la Comision Tecnica, para Uso Residencial Convencional, del Inmueble con 5,010.00 m2, constituido por el Lote 6, de la Manzana F, de la Habilitacion Pre-Urbana Huertos de Naranjal, inscrito en la Ficha Nº 445742 del Registro de la Propiedad Inmueble y continuada en la Partida Electronica Nº 43881108 de la Oficina Registral de MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­SUNARP-, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, con Documento Nº 37218-2014 (20.06.14.), el recurrente ha presentado la documentacion establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA: entre ellas: Recibo de pago Nº 3914022994 (20.06.14.), por derecho de tramite el monto de S/. 325.00 Nuevos Soles; Certificado de Zonificacion y Vias Nº 1832-2013-MMLGDU-SPHU (25.10.13.); Documento AT-32558384-CS-SM (22.05.14.), por el que EDELNOR otorga la Factibilidad del Servicio de Electrificacion del predio ubicado en la MORDAZA Yurumayo Mz F2, Lote 6, Urbanizacion Huertos de Naranjal; Carta Nº 317-2014-ET-N (25.02.14.), por el que SEDAPAL comunica que es factible que el terreno con 5,010.00 m2 cuenta con los Servicios de Agua potable y Alcantarillado; Boleta de Venta Nº 003-0430223 por concepto de Revision de Proyecto, por parte del representante del Colegio de Arquitectos del Peru; Cuenta Nº 70317999 por concepto de Liquidacion de Derechos de Habilitacion MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru; Deposito en Cuenta Bancaria Nº 193-12618071-024, por concepto de Revision de Proyecto por parte del representante de CAPECO; Deposito a Cuenta Bancaria Nº 067-2340073508, por concepto de Revision de Proyecto por parte del representante de SEDAPAL; Que, con la Esquela de Notificacion Nº 782-2014SGCHU-GDU-MDSMP del 30 de junio de 2014 se notifica al recurrente a efectos que subsane las observaciones que indica el propio documento, otorgandole para tal efecto el plazo perentorio de diez (10) dias habiles conforme al numeral 4) del Articulo 132º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, bajo apercibimiento de declararse improcedente el procedimiento en caso de incumplimiento; dichas observaciones fueron notificadas conforme a lo senalado por la Comision Tecnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas, segun Acuerdo 02, con Dictamen NO CONFORME, del Acta de Sesion Nº 05-2014-CTDCHU de fecha 26.06.14., al Documento Nº 37218-2014, promovido por el recurrente; Que, mediante Documento Nº 43498-2014 de fecha 23 de MORDAZA de 2014 y acumulados, BRADDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, luego de subsanar las observaciones que le fueron comunicadas mediante Esquela de Notificacion Nº 782-2014-SGCHU-GDUMDSMP, solicita la continuacion del tramite de aprobacion

de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, presentando: Carta CS-000090 ­ 111011035 (28.04.14.), de la Jefatura del Departamento de Transmision Centro de la Red de Energia del Peru S.A., que indica que las Lineas de Transmision 220 Kv, L-2244 y L-2245 SE Ventanilla ­ SE MORDAZA, cuentan con servidumbre de electroducto que ademas acorde al articulo 115º de la Ley de Concesiones Electricas-Decreto Ley Nº 25844, establece que la faja de servidumbre es de 25.00 ml a lo largo de toda la linea de 220 Kv; en Oficio Nº 274-2014-MINAM-YMCA-DGPNICA (21.07.14.), la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental dispone acerca del Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, que la naturaleza y la magnitud de las actividades a desarrollar no generaran impactos ambientales negativos de caracter significativo que puedan afectar al entorno por tanto no requiere de Certificacion Ambiental; Que, mediante Sesion Nº 06-2014-CTDCHU, Acuerdo Nº 02, de fecha 31 de MORDAZA del 2014, la Comision Tecnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas, en MORDAZA revision dictamina CONFORME el tramite de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico bajo la Modalidad C: Revision de Comision Tecnica, para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" del inmueble con un area de 5,010.00 m2, constituido por el Lote 6 de la Manzana "F" de la Habilitacion Pre-Urbana Huertos de Naranjal, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, para el calculo de los aportes reglamentarios para habilitaciones con fines residenciales, se ha establecido lo dispuesto en la Ordenanza Nº 836-MML2005, obteniendose un deficit para Recreacion Publica: 232.01 m2, para Ministerio de Educacion: 66.29 m2, para SERPAR: 66.29 m2, para FOMUR: 33.14 m2, para Servicios Publicos Complementarios: 66.29 m2, los mismos que seran redimidos en dinero a las entidades correspondientes; Que, el profesional tecnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a traves del Informe Nº 215-2014-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP del 23 de Junio de 2014, senala que: "...habiendose efectuado la inspeccion ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico para uso Residencial Densidad Media "RDM" esta respetando los Planes Urbanos, asi como que se encuentran pendientes de ejecucion las obras de agua potable, alcantarillado, electrificacion, obras de pavimentacion de pistas y veredas y senalizacion. Asimismo, se aprecia que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 008-2013VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su modificatoria, el Reglamento Nacional de Edificaciones y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por esta Corporacion Municipal vigente durante el inicio del tramite; recomendando la derivacion de los actuados al area legal de la Subgerencia a efectos del Visto MORDAZA respecto del Proyecto de Resolucion que aprobaria la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico de autos; Que, el tramite de Habilitacion MORDAZA, en general, en sus diversas variantes (Nueva, Regularizacion y de Oficio) y modalidades, que establece la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, es el MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA o eriazo en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, de distribucion de agua y recoleccion de desague, de distribucion de energia e iluminacion publica, pistas y veredas; adicionalmente, el terreno podra contar con redes para la distribucion de gas y redes de comunicaciones; concepto del que se desprende su naturaleza eminentemente tecnica del procedimiento de habilitacion MORDAZA y por ende tambien del tramite de habilitacion MORDAZA nueva de lote unico. En tal sentido, el Informe Nº 215-2014-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP, constituye el sustento principal para continuar con el tramite que corresponda, coadyuvado por el informe legal, para resolver el pedido. Asimismo se indica que la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico del inmueble constituido por el Lote 6 de la Mz. "F" Habilitacion Pre-Urbana Huertos de Naranjal, calificado con Uso Residencial de Densidad

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