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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Viernes 5 de diciembre de 2014 539356 VISTO, el Informe Nº 451-2014-DGIA-VMPCIC/MC y el Informe Nº 491-2014-DGPC-VMPCIC/MC, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones la de conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con el numeral 78.14 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimiento al mérito a los artistas que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, asimismo, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma antes referida, establece que la Dirección de Artes tiene entre sus funciones, la de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, de acuerdo al artículo 11 de la Directiva Nº 001- 2011-MC, sobre Declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modifi catorias, el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, Repositorio Vivo de la Memoria Colectiva, Medalla de Honor de la Cultura Peruana y Director Honorario; Que, mediante Informe Nº 046-2013-DPI-DGPC- VMPCIC/MC la Directora de Patrimonio Inmaterial remite a la Dirección General del Industrias Culturales y Artes, la reseña de la labor desarrollada por el Conjunto Musical Los Requiebros de Canas, a fi n que se evalúe el otorgamiento de la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura; Que, asimismo, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco mediante Memorando Nº 1055-2014- DDC-CUS/MC emite opinión respecto a la procedencia de la propuesta plantada por la Dirección de Patrimonio Inmaterial para el otorgamiento de la referida distinción; Que, mediante los Informes Nº 385 y 439-2014- DPI-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección de Patrimonio Inmaterial emite opinión favorable a fi n que se otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas; asimismo, recomendó se otorgue la referida distinción, en virtud de su singular trayectoria artística que refl eja la idiosincrasia y el sentir de las provincias altas de la región Cusco; Que, mediante Informe Nº 886-2014-DIA-DGIA- VMPCIC/MC del 1 de octubre de 2014, la Dirección de Artes recomienda realizar las acciones correspondientes para el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas; Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, mediante el Informe Nº 451-2014-DGIA-VMPCIC/ MC del 3 de octubre de 2014, emite opinión favorable para el reconocimiento del Conjunto Musical Los Requiebros de Canas como Personalidad Meritoria de la Cultura; Que, en ese sentido, se ha considerado pertinente distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas, por su destacada labor artística y contribución al reforzamiento de la identidad cultural y de la transmisión de la memoria colectiva, en salvaguarda del Patrimonio Inmaterial de la región; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Directora General de la Dirección de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC y la Directiva Nº 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el Otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, al Conjunto Musical Los Requiebros de Canas, en mérito a su singular trayectoria artística y contribución al reforzamiento de la identidad cultural, la transmisión de la memoria colectiva y la salvaguarda del Patrimonio Inmaterial de la región. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda con el trámite que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1174096-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), destinada a la ampliación de cobertura e intervenciones en diversos Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2014-MIDIS Lima, 4 de diciembre de 2014 VISTOS: El Memorando N° 987-2014-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Informe N° 640-2014-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Acta N° 011-2014-Comité FED, emitida por el Comité del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED); el Informe N° 045-2014-MIDIS/CG-FED, emitido por la Coordinadora General del citado Fondo; y el Informe N° 528 -2014-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones, y estructura básica; asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal; Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 285-2013-MIDIS, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer” como instrumento de gestión orientado al logro de resultados prioritarios en materia de inclusión social, a través de la intervención articulada de