Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2014 (05/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Viernes 5 de diciembre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion ambiental; Que, a traves de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision y fiscalizacion ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Articulo 11° de la Ley N° 29325, modificado por la Ley N° 30011, la funcion normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ambito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalizacion ambiental en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (SINEFA) y otras de caracter general referidas a la verificacion del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, asi como aquellas necesarias para el ejercicio de la funcion de supervision de Entidades de Fiscalizacion Ambiental (EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, el dispositivo legal MORDAZA mencionado reconoce, ademas, la facultad del OEFA para tipificar infracciones administrativas y aprobar la escala de sanciones correspondiente, asi como los criterios de graduacion de estas y los alcances de las medidas preventivas, cautelares y correctivas a ser emitidas por las instancias competentes respectivas; Que, el Articulo 17° de la Ley N° 29325, tambien modificado por la Ley N° 30011, precisa los criterios que deben tenerse en cuenta para tipificar las conductas infractoras y senala que dicha funcion debe realizarse mediante Resolucion de Consejo Directivo del OEFA; Que, asimismo, el Articulo 19° de ley MORDAZA mencionada, establece que las infracciones y sanciones se clasifican como leves, graves y muy graves; y su determinacion debe fundamentarse en la afectacion a la salud o al ambiente, en su potencialidad o certeza de dano, en la extension de sus efectos y en otros criterios que puedan ser definidos de acuerdo a la normativa vigente; Que, en ejercicio de su funcion normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de "Tipificacion de infracciones y escala de sanciones aplicable al subsector electricidad", proyecto normativo que previamente a su aprobacion debe ser sometido a consulta publica con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo Nº 044-2014, adoptado en la Sesion Ordinaria Nº 038-2014 realizada el 2 de diciembre del 2014, se acordo por unanimidad disponer la publicacion de la propuesta normativa denominada "Tipificacion de infracciones y escala de sanciones aplicable al subsector electricidad", por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion de la aprobacion del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina de Asesoria Juridica, la Direccion de Evaluacion, la Direccion de Supervision y la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos del OEFA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Articulo 8º y Literal n) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009MINAM;

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAM publicado el 25 de noviembre del 2014 se modifico el Decreto Supremo N° 008-2012-MINAM, estableciendose disposiciones aplicables para los procedimientos administrativos sancionadores tramitados por OEFA por las infracciones administrativas relacionadas al ingreso de OVM al territorio nacional; Que, en ejercicio de su funcion normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de "Tipificacion de infracciones y escala de sanciones correspondiente a la moratoria al ingreso y produccion de Organismos Vivos Modificados (OVM) al territorio nacional por un periodo de 10 anos", proyecto normativo que previamente a su aprobacion debe ser sometido a consulta publica con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Articulo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo Nº 043-2014, adoptado en la Sesion Ordinaria Nº 038-2014 realizada el 2 de diciembre del 2014, se acordo por unanimidad disponer la publicacion de la propuesta normativa denominada "Tipificacion de infracciones y escala de sanciones correspondiente a la moratoria al ingreso y produccion de Organismos Vivos Modificados (OVM) al territorio nacional por un periodo de 10 anos", por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion de la aprobacion del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina de Asesoria Juridica, la Direccion de Evaluacion, la Direccion de Supervision y la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos del OEFA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Articulo 8º y Literal n) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprobaria la "Tipificacion de infracciones y escala de sanciones correspondiente a la moratoria al ingreso y produccion de Organismos Vivos Modificados (OVM) al territorio nacional por un periodo de 10 anos", en el MORDAZA Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Articulo 3º.- Los interesados podran remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida Republica de Panama Nº 3542 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, o mediante la direccion electronica tipificacionovm@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) dias habiles, contado a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA

1174007-1

Disponen publicar proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprobaria la "Tipificacion de infracciones y escala de sanciones aplicable al subsector electricidad" en el MORDAZA Institucional del OEFA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 043-2014-OEFA/CD
MORDAZA, 2 de diciembre de 2014

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