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El Peruano Miércoles 10 de diciembre de 2014 539563 y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional, bajo responsabilidad funcional. Motivo por el cual, las audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fi jadas para el mes de vacaciones se reprogramarán de ofi cio, preferentemente, para el mes de marzo del próximo año. Las Salas Superiores Penales y Mixtas, que se encuentren con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas antes de ingresar al periodo vacacional, deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo responsabilidad funcional. Artículo Undécimo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, en las cuales actualmente se encuentra vigente el Código Procesal Penal; así como la nueva Ley Procesal del Trabajo, adopten las acciones que resulten convenientes para que el proceso de implementación se cumpla adecuadamente. Artículo Duodécimo.- Los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adecuarán sus vacaciones a las necesidades del servicio. La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobará el rol de vacaciones correspondientes al personal de los órganos de apoyo y asesoría del citado Órgano de Gobierno. Artículo Décimo Tercero.- Los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, programarán sus vacaciones entre los meses de marzo a diciembre del próximo año. Artículo Décimo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General efectúe un estudio de carácter presupuestal para determinar la posibilidad que, en el futuro, las vacaciones en el Poder Judicial puedan establecerse del 15 al 30 de diciembre; y los restantes 15 días sean a elección del juez o servidor judicial. Artículo Décimo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales, Ofi cina de Control Institucional del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1175415-2 Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 365-2014-CE-PJ Lima, 12 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 927-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 356-2014-CE-PJ, de fecha 15 de octubre del año en curso, se dispuso que la Sala Penal Descentralizada Transitoria de Puente Piedra, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y el Juzgado Mixto Transitorio de Ventanilla, actual Corte Superior de Justicia de Ventanilla, se prorroguen hasta el 31 de octubre de 2014. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal propone a este Órgano de Gobierno se prorrogue por dos meses, a partir del 1 de noviembre de 2014, el funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales, por razones de carga procesal. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 897-2014 de la trigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano, quien se encuentra de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, en vía de regularización, por el término de tres meses, a partir del 1 de noviembre de 2014, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 31 de enero de 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE • Sala Penal Descentralizada Transitoria de Puente Piedra CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA • Juzgado Mixto Transitorio de Ventanilla Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Ventanilla, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1175415-3 Modifican denominación del Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, por la de Distrito Judicial de Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 366-2014-CE-PJ Lima, 12 de noviembre de 2014 VISTA: La propuesta para modifi car la denominación del Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste. CONSIDERANDO: Primero. Que el Poder Judicial de conformidad con el mandato establecido en la Constitución Política es el Poder del Estado encargado de administrar justicia, y en ese sentido, en concordancia con las disposiciones de su Ley Orgánica, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y sus modificatorias, tiene como política institucional hacer más eficiente, eficaz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la ciudadanía; así como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los órganos jurisdiccionales según corresponda al ámbito geográfico en el que se desarrollan, y con ese propósito