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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (10/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Miércoles 10 de diciembre de 2014 539566 y formule recomendaciones sobre las propuestas de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, respecto a las necesidades de incremento de órganos jurisdiccionales permanentes o transitorios. Cuarto. Que, dentro de ese contexto, mediante Resolución Administrativa Nº 245-2014-CE-PJ, de fecha 16 de julio de 2014, se dispuso que la Comisión Nacional de Descarga Procesal tenga bajo su competencia el seguimiento monitoreo y propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a nivel nacional bajo función estándar, los que tramitan expedientes bajo la Nueva Ley Procesal de Trabajo y la liquidación con el anterior modelo laboral; así como los órganos jurisdiccionales liquidadores penales del antiguo régimen procesal, incluyendo además a los Juzgados de Paz Letrados de Comisarías. Quinto. Que, al respecto, el señor Consejero Giammpol Taboada Pilco mediante Informe N° 0004- 2014-CEPJ-CPP, ha señalado, entre otros aspectos, que la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, si bien constituye un ente operador de dicha comisión nacional, sin embargo, no fi gura dentro de la estructura orgánica de este Poder del Estado, situación que es conveniente regularizar administrativamente, en virtud a que resulta ser un órgano estratégico de este Órgano de Gobierno en el proceso de mejora en la efi ciencia y productividad del sistema judicial. De igual modo, se establece en dicho informe que de acuerdo a la Directiva N° 001-2012-CE-PJ denominada “Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal”, se le han asignado a dicha comisión las funciones de supervisión y monitoreo de la descarga procesal de los órganos jurisdiccionales, las cuales son una consecuencia de la verdadera labor que realiza consistente en proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el reordenamiento de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios, en busca de una mayor productividad y efi ciencia del sistema de justicia, evaluando para ello la calidad, producción, bajos costos, tiempo estándar, efi ciencia, innovación, nuevos métodos de trabajo y tecnología; labores que no se ven refl ejadas en su actual denominación, razón por la cual recomienda que dada la nueva estructura y ampliación de funciones de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, se justifi caría su cambio de denominación a Comisión Nacional de Productividad Judicial, propuesta que ha sido ratifi cada en su Informe N° 020-2014-GTP-CE/PJ-(PN). Sexto. Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, mediante Informe N° 138-2014-GO- CNDP-CE-PJ, la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha elevado a este Órgano de Gobierno, su opinión coincidente con la propuesta planteada por el señor Consejero Giammpol Taboada Pilco. En el referido informe se agrega que durante el presente año, por disposición superior, dicha Gerencia Operacional ha absorbido las funciones de la Ofi cina de Medición del Desempeño Jurisdiccional, lo que ha signifi cado integrar en una sola área la medición y productividad de los órganos jurisdiccionales y de los jueces. Sétimo. Que, sobre el particular, la Gerencia General del Poder Judicial de conformidad con el Informe N° 045-2014-SR-GP-GG-PJ, elaborado por el Subgerente de Racionalización de la Gerencia de Planifi cación, refi ere que la denominación para el órgano que actúa como Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, y que será incluido como órgano de apoyo en el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es el de Ofi cina de Productividad Judicial. Octavo. Que, siendo así, teniendo en cuenta lo señalado en los fundamentos precedentes, se encuentra justifi cado el cambio de denominación de la Comisión Nacional de Descarga Procesal por el de “Comisión Nacional de Productividad Judicial”. Asimismo, acorde con lo informado por la Gerencia General del Poder Judicial, deviene en pertinente modifi car la denominación de la Gerencia Operacional de la referida comisión, por el de “Ofi cina de Productividad Judicial”. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 928-2014 de la trigésimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Comisión Nacional de Descarga Procesal, creada por Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008, se denomine “Comisión Nacional de Productividad Judicial”. Artículo Segundo.- Modifi car la denominación de la Gerencia Operacional de la referida comisión nacional, por la de “Ofi cina de Productividad Judicial”. Artículo Tercero.- Estas disposiciones no implican incremento de plazas ni de remuneraciones. Artículo Cuarto.- Establecer que toda mención a la Comisión Nacional de Descarga Procesal y Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, en la Resolución Administrativa N° 245-2014- CE-PJ, deberá entenderse como Comisión Nacional de Productividad Judicial y Ofi cina de Productividad Judicial. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Comisión Nacional de Productividad Judicial y Ofi cina de Productividad Judicial, Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1175415-7 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman la Tercera Sala Laboral de Lima y designan y aceptan declinación de magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 378-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 9 de diciembre de 2014 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 629909-2014, la doctora Eliana Elder Araujo Sánchez, Presidenta de la Tercera Sala Laboral de Lima solicita se le conceda licencia con goce de haber a cuenta de vacaciones pendientes de goce por el periodo del 09 al 11 de diciembre del presente año para atender asuntos personales que requieren su urgente atención. Que, mediante el ingreso número 628536-2014, la doctora Ofelia Angélica Toledo López De Vigo, Juez Supernumeraria del 18° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima declina al referido cargo por motivos estrictamente personales. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal