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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541796 y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 3 671 808,94 m², ubicado al Oeste del cerro Congocillo, entrando aproximadamente a 11 Km. por la margen derecha del Km. 312 de la carretera Panamericana Norte por un camino carrozable; zona Sur de distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 2939-2014-SUNARP- Z.R.NºVII/PUBLICIDAD de fecha 24 de julio 2014, la Zona Registral Nº VII-Sede Huaraz, remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 25 de julio de 2014, sobre la base del Informe Técnico Nº 0620-2014- Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 24 de julio de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no existe superposición gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 30 de noviembre de 2014, se verifi có que se trata de un terreno eriazo, de forma irregular, presenta una topografía accidentada, con pendientes planas y fuertes por la presencia de lomas y cerros, con tipo de suelo arenoso, encontrándose desocupado; Que, elaborada la documentación técnica que sustenta la presente resolución se procedió a determinar el área exacta a inscribir, el cual se ha determinado un área de 3 671 808,86 m², ubicado al Oeste del cerro Congocillo, entrando aproximadamente a 11 Km. por la margen derecha del Km. 312 de la carretera Panamericana Norte por un camino carrozable, zona Sur de distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 671 808,86 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1068 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 17 de diciembre de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 671 808,86 m², ubicado al Oeste del cerro Congocillo, entrando aproximadamente a 11 Km. por la margen derecha del Km. 312 de la carretera Panamericana Norte por un camino carrozable; zona Sur de distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1182269-22 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 926-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 18 de diciembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1528-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 88 235,50 m², ubicado al Sur del proyecto Integral Panamericana Norte, aproximadamente a 1.6 Km. al Oeste del Km. 38.5 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 88 235,50 m², ubicado al Sur del proyecto Integral Panamericana Norte, aproximadamente a 1.6 Km. al Oeste del Km. 38.5 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 2485-2014-SUNARP- Z.R.NºIX/GPI de fecha 08 de setiembre de 2014, la Zona Registral NºIX-Sede Lima remite el Informe Técnico Nº 16243-2014-SUNARP-Z.R.NºIX-OC de fecha 02 de setiembre de 2014, donde señala que el área en consulta no cuenta con información gráfi ca de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de diciembre de 2014, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular presenta una topografía accidentada, con pendientes suaves y fuertes por la presencia de lomas y cerros, con tipo de suelo arenoso, encontrándose desocupado; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 88 235,50 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias;