Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

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NTP 211.006:2005 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Whisky. Requisitos. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.006:2005 NTP 211.010:2005 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Aguardiente de cana. Requisitos. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.010:2005 NTP 211.013:2004 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Vodka. Requisitos. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.013:2004 NTP 211.014:2005 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Gin (ginebra). Requisitos. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.014:2005 NTP 211.015:2008 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Anis o anisado. Requisitos. 3ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.015:2008 NTP 211.035:2008 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Metodo de ensayo. Determinacion de metanol y de congeneres en bebidas alcoholicas y en alcohol etilico empleado en su elaboracion, mediante cromatografia de gases. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.035:2008 NTP 211.042:2004 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Vodka saborizado. Requisitos. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.042:2004 NTP 211.047:2006 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Determinacion de metales. Metodo por espectrometria de absorcion atomica. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.047:2006 NTP 211.048:2007 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Determinacion de turbidez. Metodo por turbidimetro. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.048:2007 NTP 211.050:2008 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Determinacion de color. Metodo por espectrofotometria. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 211.050:2008 NTP 319.294:2009 (revisada el 2014) PLAGUICIDAS. Atrazina tecnica. Requisitos. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 319.294:2009 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 210.019:2008 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Definiciones. 3ª Edicion

RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 137-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 11 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales no Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas vigente, establece en su articulo 15 que las Normas Tecnicas Peruanas seran revisadas periodicamente para lograr su actualizacion; Que, de conformidad con la reglamentacion anterior, acorde con la vigente, la Comision ha venido ejecutando el Plan de Revision y Actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas, aprobadas durante la gestion del INDECOPI, con el objeto de poner a disposicion de los usuarios normas tecnicas confiables que satisfagan sus expectativas; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Bebidas alcoholicas y b) Plaguicidas de uso MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, continuando con el Plan de Actualizacion, la Comision recibio la opinion favorable de los Comites Tecnicos de Normalizacion mencionados para mantener vigente un grupo de 13 Normas Tecnicas Peruanas; Que, recibida la opinion de dichos Comites, la Comision aprobo que las referidas Normas Tecnicas Peruanas aprobadas durante la gestion del INDECOPI, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revision efectuada en el presente ano; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR las siguientes Normas Tecnicas Peruanas en su version 2014: NTP 210.019:2008 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Definiciones. 3ª Edicion Reemplaza a la NTP 210.019:2008 NTP 210.026:2007 (revisada el 2014) BEBIDAS ALCOHOLICAS. Sidra. Requisitos. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 210.026:2007

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