Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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Visto el Expediente Nº062-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 1 999,99 m², ubicado al Suroeste del Centro Poblado San MORDAZA Ihuanco, distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el predio de 1 999,99 m², ubicado al Suroeste del Centro Poblado San MORDAZA Ihuanco, distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Certificado de Busqueda Catastral sobre la base del Informe Tecnico Nº17863-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 29 de setiembre de 2014, la MORDAZA Registral NºIXSede MORDAZA senalo que el predio en consulta se encuentra sobre ambito del cual, en la base grafica no se puede verificar la existencia o no, de predios inscritos, por lo que es imposible determinar si se encuentra inscrito o no; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 11 de diciembre de 2014, se verifico que el predio es de forma irregular, naturaleza eriaza, con suelo de textura arenosa y, topografia con pendiente moderada; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 1 999,99 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº1054-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 12 de diciembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 1 999,99 m², ubicado al Suroeste del Centro Poblado San MORDAZA Ihuanco, distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral NºIX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1182269-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 908-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 17 de diciembre de 2014 Visto el Expediente Nº167-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 2 000,00 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano "Proyecto Integral Virgen de Lourdes", distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el predio de 2 000,00 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano "Proyecto Integral Virgen de Lourdes", distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 17 de octubre de 2014, se verifico que el predio es de forma irregular, naturaleza eriaza, con suelo de textura arcillosa, topografia inclinada con pendiente moderada ascendente al Noroeste; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Tecnico Nº23352-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 03 de diciembre de 2014, la MORDAZA Registral NºIX-Sede MORDAZA senalo que el predio en consulta se visualiza en ambito donde a la fecha no se ha identificado informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 2 000,00 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 1049-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 12 de diciembre de 2014;

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