Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

541800
Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 04 de diciembre de 2014, se verifico que el predio es de forma irregular, naturaleza eriaza, con suelo de textura arcillosa y rocosa, topografia accidentada con pendiente pronunciada y conforma un ecosistema de lomas; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 59 734,71 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº1037-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 10 de diciembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 59 734,71 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano "Eden del Manantial" y al Norte del Asentamiento Humano "Bellavista del Paraiso Alto", distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral NºIX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1182269-10 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 911-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 17 de diciembre de 2014 Visto el Expediente Nº541-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 6 352 500,92 m² ubicado a la altura del kilometro 35.50 de la carretera a Canta, al Este del Centro Poblado MORDAZA, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el predio de 6 352 500,92 m² ubicado a la altura del kilometro 35.50 de la carretera a Canta, al Este del Centro Poblado MORDAZA, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Tecnico Nº15562-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 22 de agosto de 2014, la MORDAZA Registral NºIX-Sede MORDAZA senalo que el predio en consulta se encuentra comprendido en MORDAZA de cerros donde no se cuenta con informacion grafica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 04 de diciembre de 2014, se verifico que el predio es de forma irregular, naturaleza eriaza, con suelos residuales con afloramiento rocoso, topografia accidentada con pendientes pronunciadas; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del predio de 6 352 500,92 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº1038-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 10 de diciembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 6 352 500,92 m² ubicado a la altura del kilometro 35.50 de la carretera a Canta, al Este del Centro Poblado MORDAZA, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; segun plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral NºIX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1182269-11

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.