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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541793 Panamericana Norte, altura del km 328 (tramo Culebras- Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1182269-17 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 919-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 17 de diciembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1487-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 141 565,90 m², ubicado a la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte, altura del km 333 (tramo Culebras- Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 530 352,51 m², ubicado a la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte, altura del km 333 (tramo Culebras-Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 649-2014-SUNARP-Z.R.VII/ ORC-MP de fecha 19 de agosto 2014, la Zona Registral Nº VII-Sede Huaraz, remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 15 de julio de 2014, sobre la base del Informe Técnico Nº 0578-2014-Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 07 de julio de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no existe superposición gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 29 de noviembre de 2014, se verifi có que se trata de un terreno eriazo, con pendiente plana y tipo de suelo arenoso, encontrándose desocupado y libre de edifi caciones; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión existen áreas que se encuentran en proceso de inscripción se procedió a redefi nir el área materia de consulta a fi n de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 141 565,90 m², ubicado a la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte, altura del km 333 (tramo Culebras-Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 141 565,90 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1040-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 11 de diciembre de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 141 565,90 m², ubicado a la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte, altura del km 333 (tramo Culebras- Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1182269-18 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 920-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 17 de diciembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1273-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 31 466,79 m², ubicado en la Caleta La Islilla del Centro Poblado La Islilla, a 22 kilómetros al Sur de la ciudad de Paita, distrito de Paita, provincia de Paita y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 31 466,79 m², ubicado en la Caleta La Islilla del Centro Poblado La Islilla, a 22 kilómetros al Sur de la ciudad de Paita, distrito de Paita, provincia de Paita y departamento de Piura, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la Zona Registral Nº I Sede Piura, con Ofi cio Nº 138-2014- SUNARP-ZRNºI/JEF de fecha 07 de febrero de 2014, remitió el Informe Nº 075-2014-SCR-ZR-Nº I-UREG/ SUNARP, de fecha 06 de febrero de 2014, señalando que el predio de 15 296,96 m², no cuenta a la fecha con antecedente gráfi co registral, sin embargo se encuentra totalmente gráfi camente en el ámbito de la zona de dominio restringido, según lo indicado en el artículo 1 de la Ley