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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2014 (11/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Sábado 11 de enero de 2014 514069 • La brecha se determinará en términos de población que no está accediendo al servicios o que accediendo a este, no recibe un servicio con los estándares de calidad. 3.6 Análisis técnico de las alternativas Para defi nir la localización de las UP, se deberá considerar los recursos o medios de vigilancia, según sus capacidades de vigilancia, el tipo de delito y los factores de riesgo identifi cados en el Mapa de Delitos, y las características del área de infl uencia, variables que han sido analizadas en el diagnóstico. Por ejemplo, para defi nir la localización de los Puestos de Auxilio Rápido (infraestructura) se deberá considerar la capacidad de vigilancia según el tipo de delito, el tipo de suelo, características de la topografía del terreno, facilidades de acceso, peligros existentes, entre otros. Pare el caso del tamaño, se deberá considerar la brecha oferta-demanda de servicios de seguridad ciudadana, y el análisis técnico de las alternativas, estableciendo las metas concretas de productos (por ejemplo: Nº Unidades Móviles para vigilancia, Nº de Puestos de Auxilio Rápido, Nº Equipos de Comunicación, entre otros.) que se lograran en la fase de inversión, tomando como referencia los parámetros considerados en el Apéndice N° 4, y para la operación y mantenimiento (por ejemplo, personal de serenazgo incremental, la cantidad combustible a ser utilizado por las unidades móviles motorizados, entre otros). Analizar las alternativas técnicas o tecnológicas acordes con las características del área de infl uencia y teniendo en cuenta factores como por ejemplo: i) vigencia tecnológica, ii) posibilidades de capacitación y entrenamiento a los operadores en el uso de los equipos y operación de sistemas, asistencia técnica durante la operación y mantenimiento; y, iii) disponibilidad de recursos humanos especializados para su operación. En el análisis técnico, se deberá considerar medidas de reducción de riesgos para los distintos factores de producción que se consideren en el proyecto. 3.7 Evaluación social del proyecto Para la evaluación social se aplicará la metodología benefi cio-costo, que consiste comparar directamente los costos y benefi cios “incrementales”, utilizando los indicadores de Valor Actual Neto Social (VANS) y la Tasa Interna de Retorno Social (TIRS). Los benefi cios sociales de esta tipología de proyectos, están asociados a la reducción de la violencia y delitos, y se expresan a través de los costos evitados al no ocurrir los actos delictivos. En la cuantificación de los beneficios se debe considerar las tasas de victimización en la situación sin proyecto y las que se propone como meta en la situación con proyecto. Los costos evitados se pueden estimar a partir de: i) los costos que se generan a las víctimas (valor de pérdidas de bienes, costos de trámites para denunciar el delito y/o faltas, costos en el tratamiento de daños psicológicos o físicos, costos asociados a incapacidad temporal o definitiva, entre otros.) y, ii) los costos que afectan a la sociedad en general tales como: costos de investigación de los delitos, costos de aplicación de las sanciones, costos en los que incurren los victimarios (por ejemplo, en defensa pública), entre otros. La información para las estimaciones deberá ser recabada en el proceso de elaboración del diagnóstico de involucrados. Por ejemplo, para una persona que fue víctima del robo de su documento de identidad (DNI), los costos incurridos producto de la ocurrencia del delito será: i) el costo incurrido por contar con el duplicado del DNI y, ii) el valor social del tiempo considerado en el trámite de dicho duplicado. 3.8 Análisis de sostenibilidad Entre las variables que se tienen que analizar para asegurar la sostenibilidad del servicio, está la capacidad de fi nanciar los costos de operación y mantenimiento, por lo que resulta necesario estimar la tasa del arbitrio por el servicio de seguridad ciudadana (en la situación con proyecto) que cubra dichos costos; sobre esta base se deberá analizar, la disposición y capacidad de pago de los usuarios, así como la capacidad de cobranza y de gestión de los recursos fi nancieros del operador del servicio. Con estos resultados, se elaborará el fl ujo de caja (ingresos y gastos), haciendo explícito qué proporción de dichos costos se podrá cubrir con tales ingresos, y de ser el caso, como se cubrirá la proporción no cubierta. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN