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El Peruano Sábado 11 de enero de 2014 514072 APÉNDICE N° 2: FUENTES DE INFORMACIÓN SECUNDARIA QUE PODRÍAN CONSULTARSE Existen varias fuentes de información disponibles para el análisis y caracterización de la seguridad ciudadana, tales como: • Estadísticas sobre delitos registrados elaborados por el INEI y el Ministerio del Interior (MININTER) - Dirección de Gestión en Tecnología de la Información y Comunicaciones. • Planes de Seguridad Ciudadana Local y Regional brindan también el marco de referencia que sustentan iniciativas de inversión pública en materia de seguridad ciudadana, entre otros. • Encuesta Anual sobre Seguridad Ciudadana – Provincia de Lima y Región Callao, realizada por la Universidad de Lima, • Estado de la Opinión Pública –El Problema de la Inseguridad – Pontifi cia Universidad Católica del Perú • Primera y Segunda Encuesta Nacional Urbana de Victimización 2011 – 2012 Perú, Ciudad Nuestra • Percepción sobre la Seguridad Ciudadana – IMASEN, • Entre otros. APÉNDICE N° 3: EJEMPLO DE ESTIMACIÓN DE LA OFERTA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA Supuestos: • Una municipalidad urbana que cuenta sólo con una Unidad Móvil Motorizado para vigilancia. • Confi guración urbana promedio de dicha municipalidad es: - 10 x 10 = 100 manzanas (Mz) por Km2 . - 28 inmuebles (IM) aproximadamente por manzana. - 5 personas promedio por inmueble. Con dichos parámetros se tendría aproximadamente 14 000 personas/ Km2 (5 pers./IM x 28 IM/Mz. x 100 Mz/ Km2) = 14 000 personas/ Km2 • Para cubrir íntegramente el trazado vial de cada Km2 de la confi guración urbana, se debe recorrer 20 Km. • La Unidad Móvil recorre una sola vez por el trazado vial. • Velocidad de la Unidad Móvil= 14 km/hr • 75% del tiempo en movimiento Entonces: si para cubrir 1 Km2 debe recorrer 20 Km. lineales; en un turno de 8 hrs. la Unidad Móvil debería cubrir 4.2 Km2. (14 km/hr*8hr*75% en movimiento = 84) / (20 km/ Km2 de confi g. urbana = 4.2 Km2 Estimación de Oferta: De esta forma se estima que una Unidad Móvil motorizado para vigilancia puede brindar seguridad a una población no superior a: 14,000 personas/ Km2 x 4.2 Km2 = 58 800 personas, que terminados cuantitativos será igual a la oferta de servicios de Seguridad Ciudadana. APÉNDICE N° 4: EQUIVALENCIA DE CAPACIDADES DE VIGILANCIA SEGUN MEDIO O RECURSO DE VIGILANCIA Para esta parte se puede tomar como referencia la equivalencia de las capacidades de los medios de vigilancia estimados por el Centro de Información y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas – CEDRO, para caso de la policía peruana y de los serenazgos de los municipios. MEDIO DE VIGILANCIA CAPACIDAD DE VIGILANCIA Patrullaje Motorizado o Radiopatrulla 1.00 Patrullaje a pié 0.20 Puesto Fijo 0.10 Patrullaje policial en motocicleta 0.45 Policía montada 0.30 Guía con perro policial 0.30 Comisaría móvil 1.20 Servicio en Comisaría 1.30 Vehículo de Serenazgo con personal policial 0.80 Patrullaje del Serenazgo en motocicleta 0.40 Puesto de Auxilio del Serenazgo 0.45 FUENTE: Plan Local de Seguridad Ciudadana - Distritos Seguros (2007-2008) - CEDRO 1036817-1 PRODUCE Designan Auxiliar Coactivo de la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 003-2014-PRODUCE Lima, 8 de enero de 2014 VISTOS: El Informe Nº 363-2013-PRODUCE/OGRH- OARH de la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos, los Memorandos Nº 1943-2013-PRODUCE/ OGRH y N° 0008-2014-PRODUCE/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y los Informes N° 190- 2013-PRODUCE/OGAJ-jtangm y N° 001-2014-PRODUCE/ OGAJ-jtangm de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, la designación del ejecutor como la del auxiliar coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confi anza, señala que el ejecutor y el auxiliar coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan; Que, se convocó el Concurso Público de Méritos N° 003-2013-PRODUCE/OGRH para cubrir la plaza vacante N° 158 de Auxiliar Coactivo de la Ofi cina de Ejecución Coactiva de la Ofi cina General de Administración, resultando ganador el señor Bernard Sivore Arenas Rios, por lo que, se suscribió el Contrato de Prestación de Servicios Nº 002- 2013-PRODUCE; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto de administración correspondiente; Con el visado de la Secretaría General, las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;