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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2014 (11/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

El Peruano Sábado 11 de enero de 2014 514142 los procesos de la Supervisión Educativa incorporando los lineamientos para la implementación del Modelo de Supervisión Pedagógica Regional Basado en el Enfoque de la Investigación - Acción y el sistema de estímulos y penalizaciones. f. En coordinación de las UGEL, debe realizar el levantamiento del DIAGNÓSTICO de la supervisión pedagógica. g. Elaborar el Plan Regional Anual de Supervisión Pedagógica en coordinación las UGEL, de tal menara que las acciones a desarrollar tengan unidad y coherencia, considerando la asesoría a las UGEL y a las II.EE. h. Disponer que las UGEL elaboren sus Planes de Supervisión Pedagógica en coordinación con la GREA y relación lógica con el Plan Regional Anual. i. Organizar e implementar la Red de Información sobre Supervisión Pedagógica a nivel regional. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente ordenanza regional al Órgano Ejecutivo Regional y a la Gerencia Regional de Educación. Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano” como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; en ese sentido, se encarga a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS. La tramitación de la publicación será a cargo de la Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo que ésta irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los diecisiete días del mes de diciembre del 2013. JOSE CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintisiete días del mes de diciembre del dos mil trece. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 1035942-1 Eligen Presidenta del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa por el período 2014 ACUERDO REGIONAL Nº 001-2014-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 7 de enero del 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, ha establecido la separación de poderes al interior del Gobierno Regional de Arequipa, entre el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador y el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de de Arequipa; Que, la citada norma regional dispone que debe elegirse un Presidente del Consejo Regional entre los ocho Consejeros que lo integran, cuyo mandato tendrá una vigencia de un año, lo cual ha sido igualmente sancionado mediante Ley 29053, modifi catoria de la Ley 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales, ello es concordante con lo estipulado en el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y la Ordenanza Regional Nº 001-2007- GRA/CR-AREQUIPA, el Consejo Regional procedió a realizar la correspondiente elección democrática en forma universal para elegir al Presidente del Consejo para el período del año 2014; ACUERDA: Primero.-Declarar que como resultado de la elección democrática, universal y pública ha sido elegida Presidenta del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa a la Abogada YAMILA JOHANNY OSORIO DELGADO por el período 2014. Segundo.- Disponer la publicación del presente acuerdo regional, en el Diario Ofi cial El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la Región Arequipa. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. YAMILA JOHANNY OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa 1035943-1 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 221-2013-GRA/PR-GGR VISTOS: Los Informes Nros. 1216 y 1217-2013-GRA/OOT y el Informe Técnico Legal Nº 091-2013-GRA/OOT, emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial correspondiente al trámite de Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado que consta de 130.4763 Has ubicado en el Distrito de Yura, Provincia y Departamento de Arequipa; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales.