Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2014 (19/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 9. Funciones exclusivas En el MORDAZA de sus competencias, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento desarrolla las siguientes funciones exclusivas: 1. Desarrollar y aprobar tecnologias, metodologias o mecanismos que MORDAZA necesarios para el cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales, en el ambito de su competencia. Implementar acciones temporales en las zonas del MORDAZA que requieran de mayor asistencia tecnica o de servicios en el ambito de las competencias del sector, con los gobiernos regionales y locales, fortaleciendo sus capacidades institucionales. Implementar medidas de desconcentracion institucional en las zonas del MORDAZA que requieran mayor asistencia tecnica o servicios en el ambito de las competencias del sector. Generar, administrar, actualizar y mantener registros de informacion a nivel nacional para la adecuada implementacion de las politicas nacionales y sectoriales de su responsabilidad. Aprobar la regulacion reglamentaria sectorial y el plan nacional en materia de saneamiento. Asignar recursos y transferirlos a las entidades prestadoras de los servicios de saneamiento y eventualmente a los gobiernos regionales y locales a fin de que ejecuten proyectos de inversion en saneamiento, conforme a la normativa en la materia. Normar, aprobar y efectuar las tasaciones de bienes que soliciten las entidades y empresas estatales de derecho publico o de derecho privado. Normar, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas nacionales sobre administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Proponer politicas, normas, lineamientos y especificaciones tecnicas relacionadas con la generacion, administracion, actualizacion y mantenimiento de la informacion catastral integral, la formalizacion de predios urbanos y derechos sobre estos, en el MORDAZA del sistema nacional de catastro. Promover o gestionar el financiamiento de los sectores, a fin de impulsar su desarrollo, en coordinacion con las entidades que correspondan. Disenar, promover y otorgar productos financieros, en el ambito de su competencia y de acuerdo con las normas de la materia.

El Peruano MORDAZA 19 de enero de 2014

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de desastres, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres. Otorgar derechos a traves de autorizaciones, permisos y concesiones, de acuerdo con las normas de la materia. Promover, coordinar y ejecutar con los gobiernos regionales, locales e instituciones publicas la implementacion y evaluacion de las politicas, planes, programas y estrategias nacionales y sectoriales, de acuerdo con las caracteristicas propias de la realidad regional o local. Promover espacios de dialogo y de participacion ciudadana que permitan la concertacion entre los diversos actores de la sociedad, en la vigilancia de la implementacion de los programas y proyectos que se desarrollen en el ambito de su competencia para la prevencion y solucion de conflictos en forma oportuna. Normar el MORDAZA de determinacion de aranceles, asistir y supervisar su aplicacion en la valorizacion oficial de terrenos urbanos y terrenos rusticos de todo el pais. Normar sobre el tratamiento de los residuos de la construccion, de instalaciones de saneamiento y otros en el ambito de su competencia. Normar y cautelar la ejecucion de la politica sectorial relacionada con la administracion de los servicios de saneamiento a cargo de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento (EPS). Desarrollar o contribuir con el mejoramiento de las condiciones de infraestructura y equipamiento MORDAZA y rural, de manera coordinada y articulada con otros organismos del Poder Ejecutivo, y con los gobiernos regionales y locales, en el MORDAZA de la competencia de urbanismo y desarrollo urbano. Promover y ejecutar con los gobiernos regionales y locales la construccion de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo de los centros poblados de manera coordinada, articulada y concurrente con otros organismos del Poder Ejecutivo. CAPITULO IV ORGANIZACION DEL MINISTERIO

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Articulo 11. Estructura organica La estructura basica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento esta compuesta de la siguiente manera: 1. Alta direccion, conformada por el ministro, el viceministro de Vivienda y Urbanismo, el viceministro de Construccion y Saneamiento y el secretario general. Cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo, la coordinacion con el Poder Legislativo, asi como con otros sectores y entidades de la administracion publica. Organo de control institucional, responsable de ejercer el control gubernamental en el ministerio y se regula conforme a la ley de la materia. Organos de administracion interna, oficinas generales en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas. Organos de linea, direcciones generales que proponen y ejecutan las politicas publicas.

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Articulo 10. Funciones compartidas En el MORDAZA de sus competencias, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento desarrolla las siguientes funciones compartidas: 1. Promover y apoyar la implementacion de programas y proyectos regionales y locales en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales de su responsabilidad. Normar, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanistico, habilitacion MORDAZA y edificaciones, uso y ocupacion del suelo MORDAZA y urbanizable, en el ambito de su competencia, en concordancia con las leyes organicas de gobiernos regionales y de municipalidades. Ejecutar proyectos de saneamiento MORDAZA y rural con los gobiernos regionales o locales, asi como promover asociaciones publico-privadas en materia de saneamiento. Promover la investigacion y el desarrollo tecnologico en el MORDAZA de las normas del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (SINACYT), en el ambito de su competencia. Desarrollar, contribuir, coordinar y ejecutar las acciones para el MORDAZA de gestion del riesgo 2. 3. 4.

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La estructura organica y las funciones especificas correspondientes a los organos de control, de administracion interna y de linea, se establecen y desarrollan en el reglamento de organizacion y funciones. CAPITULO V FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCION Articulo 12. Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento El ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento es la mas alta autoridad politica y la mas alta autoridad

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