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El Peruano Miércoles 29 de enero de 2014 515484 VISTOS: El Ofi cio N° 010-2013-MMZCH/P; los Informes Técnicos de Viabilidad de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos; la Ordenanza Municipal Nº 042-2013-MDSFS/A de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico y la Ordenanza Municipal Nº 008-2013-MDSCH/A de la Municipalidad Distrital de Santiago de Chocorvos; el Acta de Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará” de fecha 02 de diciembre de 2013; y el Informe Nº 092-2013–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 339-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”, integrada por las Municipalidades Distritales de Ayaví, Santo Domingo de Capillas y Tambo de la Provincia de Huaytará, en el Departamento de Huancavelica; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Capillas y presidente de la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará” solicita la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”, en su artículo Vigésimo Tercero, señala que la adhesión de una municipalidad, procede como sigue: a) Petición de la municipalidad que propone su adhesión, presentando el Informe Técnico que expresa la viabilidad para la adhesión a la Mancomunidad Municipal y la Ordenanza Municipal que aprueba la adhesión de la municipalidad a la mancomunidad municipal y el sometimiento a su Estatuto y b) el Acuerdo de Consejo Directivo de la mancomunidad municipal que aprueba la adhesión, el mismo que será adoptado por mayoría absoluta; Que, los informes técnicos presentados expresan la viabilidad para la adhesión de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos a la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”; Que, el Consejo Directivo mediante el Acta de Sesión Ordinaria, de fecha 02 de diciembre de 2013, acordó la adhesión de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos a la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”; asimismo, se acordó la elección del Presidente del Consejo Directivo y la modifi cación de los artículos Primero y Tercero del Estatuto correspondientes a la constitución y ámbito territorial, como resultado del proceso de adhesión, y el Artículo Séptimo, referido a los objetivos; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos ratifi can su adhesión a la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”; Que, acorde con el Informe Nº 092-2013–PCM/SD-OGI- MIRA, se concluye que en la elaboración de los documentos del acto de adhesión se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos a la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228- 2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos de la Provincia de Huaytará, en el Departamento de Huancavelica, a la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”. Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará”, está conformado como sigue: - Presidente: Cassius Jair Chauca Rojas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Capillas. - Directora: Filomena Paula Quiñones Llerena, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ayaví. - Director: Wilmer Godofredo Cabrera Huamani, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico. - Director: César Felimón Araujo Gutiérrez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Chocorvos. - Director: Juan Rosario Vera Choque, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tambo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir los Informes Técnicos, el Acta de Sesión de Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Zona Centro de Huaytará” y las Ordenanzas Municipales de San Francisco de Sangayaico y Santiago de Chocorvos, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 1043548-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2014-MINCETUR Lima, 28 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Perú viene participando activamente en la Alianza del Pacífi co, cuyo objetivo es