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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2014 (29/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Miércoles 29 de enero de 2014 515500 Disponen la continuidad de la ejecución de las investigaciones estadísticas “Encuesta Mensual de Comercio”, “Encuesta Mensual de Restaurantes”, “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas”, y “Encuesta Mensual de Otros Servicios” dirigidas a las empresas que realizan dichas actividades, ubicadas en el territorio nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 027-2014-INEI Lima, 27 de enero de 2014 Visto el Ofi cio Nº 004-2014-INEI-DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando la actualización por ampliación de la muestra, de las Encuestas Mensuales de Comercio, Restaurantes, Servicios Prestados a Empresas y Otros Servicios. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia faculta la realización de tareas técnicas y científi cas con fi nes de cuantifi car los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas ofi ciales del país; Que, desde el año 2006, se viene autorizando la ejecución de las Encuestas Mensuales de Comercio, Restaurantes, Servicios Prestados a Empresas y Otros Servicios, investigaciones estadísticas que en forma continua vienen desarrollándose con normalidad; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, requiere dar continuidad en el año 2014, a la ejecución de las encuestas de la actividad comercial, restaurantes, servicios prestados a empresas, y de otros servicios; por lo que considera necesaria la actualización del diseño muestral, debido a la mayor apertura de los servicios según CIIU Rev.4, lo que conlleva a la ampliación de la muestra de empresas a nivel nacional; Que, resulta pertinente continuar con la ejecución de las mencionadas encuestas dirigidas a las empresas que desarrollan actividades de comercio, restaurantes, servicios prestados a empresas y, de otros servicios, ubicadas en el territorio nacional, como sectores componentes del cálculo del Índice Mensual de la Producción Nacional, indicador que muestra la evolución de la actividad productiva global y sectorial en el corto plazo, así como aprobar los formularios correspondientes y el plazo para su entrega, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la continuidad de la ejecución de las investigaciones estadísticas siguientes: “Encuesta Mensual de Comercio”; “Encuesta Mensual de Restaurantes”; “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas” y “Encuesta Mensual de Otros Servicios”, dirigidas a las empresas que realizan dichas actividades, ubicadas en el territorio nacional, las que estarán a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE) en la ciudad de Lima y Provincia Constitucional del Callao y, de las Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática (ODEI) en las otras ciudades. Artículo 2º.- Aprobar los correspondientes formularios de la “Encuesta Mensual de Comercio”; “Encuesta Mensual de Restaurantes”; “Encuesta Mensual de Servicios Prestados a Empresas” y de la “Encuesta Mensual de Otros Servicios”, los mismos que estarán disponibles en la página Web del INEI (www.inei.gob.pe), desde el día de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer, como plazo de entrega del formulario electrónico diligenciado con información del mes inmediato anterior, hasta el día 20 de cada mes. Artículo 4º.- La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE) del INEI, mediante ofi cio, remitirá a las empresas seleccionadas el detalle sobre el requerimiento de información, plazos y claves de acceso al Sistema de las encuestas mencionadas. Artículo 5º.- Las personas naturales y jurídicas seleccionadas a que se refi ere el artículo 4º de la presente Resolución, que incumpliesen con el diligenciamiento del respectivo formulario en el plazo establecido, serán pasibles de ser sancionadas con multa conforme lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D. S. Nº 043- 2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 1043324-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen inscripción del programa “Segundo Programa de Bonos Subordinados Interseguro” y el registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 007-2014-SMV/11.1 Lima, 14 de enero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2013041745, así como el Informe Interno N° 22-2014-SMV/11.1 de fecha 14 de enero de 2014, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 15 de noviembre de 2013, Interseguro Compañía de Seguros S.A. solicitó la aprobación del trámite anticipado, la inscripción del “Segundo Programa de Bonos Subordinados Interseguro” hasta por un monto máximo ascendente a USD $ 50,000,000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles y el registro del Prospecto Marco en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en la misma fecha, la referida empresa solicitó la inscripción de los valores denominados “Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos Subordinados Interseguro”, hasta por un monto máximo ascendente a USD $ 35,000,000.00 (Treinta y Cinco Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), así como el registro del Complemento del Prospecto Marco en Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la revisión de la documentación e información presentada como sustento de la solicitud a la que se contrae la presente Resolución, se ha verifi cado que la Junta General de Accionistas de Interseguro Compañía de Seguros S.A., en su sesión del 17 de diciembre de 2012, aprobó el “Segundo Programa de Bonos Subordinados Interseguro” hasta por un monto máximo ascendente a USD $ 50,000,000.00 (Cincuenta Millones y