TEXTO PAGINA: 71
El Peruano Sábado 1 de febrero de 2014 515921 Áreas comunes, hoja de Arbitrios Municipales 2014, hoja de Acceso a la web y kioscos transaccionales multimedia, hoja de Estado de cuenta corriente 2014, hoja de Deudas tributarias vencidas, Informativo de servicios municipales. Artículo Segundo.- DISPONGASE para el ejercicio fi scal 2014, la aplicación de las tasas y costos por derecho de emisión mecanizada de la cuponera del Impuesto Predial establecidos para el ejercicio 2012 mediante la Ordenanza Nº 361-CDLO publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 11 de febrero del 2012. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la GERENCIA DE RENTAS, a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y FISCALIZACIÓN, a la GERENCIA DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO LOS OLIVOS (CIELO) Y TIC’s su debida implementación en el sistema informático SIMI, a la SECRETARIA GENERAL su publicación y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y comunicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1044402-1 Aprueban la modificación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones y del Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de Los Olivos ORDENANZA Nº 389-CDLO Los Olivos, 16 de enero de 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Memorándum Nº 01146-2013-MDLO/GPP y Memorándum Nº 00049-2014-MDLO/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Memorándum Nº 00001- 2014-MDLO/SR; Informe Nº 00847-2013-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 006-2013/MDLO/ GM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 01178-2013- MDLO/SG de la Secretaría General, Dictamen Conjunto Nº 001-2014-MDLO/CEJ-CAL de la Comisión Permanente de Educación y Juventudes y de la Comisión Permanente de Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, el Art. IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades contempla que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, siendo que el Art. X señala que promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, ello con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población; Que siendo necesario dotar de mayor atención a las actividades educativas que se promueve a través de la Sub Gerencia de Educación y Tecnología Educativa, acorde con la Ley Orgánica de Municipalidades cuyo artículo 84º, numeral 3.2 precisa en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, son funciones específi cas compartidas de las municipalidades distritales el promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades y, entre otros, cunas y guarderías infantiles y establecimientos de protección a los niños; Que, asimismo, el 82º, numeral 1 y 2 de la Ley Orgánica de Municipalidades precisa que, en materia de educación, cultura , deportes y recreación, las mismas tienen como competencias y funciones específi cas compartidas con el Gobierno Nacional y Regional, el promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras y diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, en coordinación con la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativas, según corresponda, contribuyendo en la política educativa regional y nacional con un enfoque y acción intersectorial; En esencia dichas normas facultan a la Municipalidad al apoyo de los servicios formativos, los cuales tienen que adecuarse a la Política de Estado para superar la brechas existentes en la calidad de los servicios educativos; Que, siendo objetivo de la entidad promover la efi ciencia en la gestión a fi n de lograr un efi caz control de los servicios administrativos e impulso y promoción de la inversión social a través de la Educación que optimice y garantice la calidad de la educación en la jurisdicción, se hace necesario aprobar una modifi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la municipalidad a fi n de potenciar las acciones que en materia de administración de la cuna jardín realiza la entidad; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que Aprueba Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, establece en su Art. 33º que los citados reglamentos tienen un trámite especial de aprobación el cual requiere de un informe previo favorable en donde se verifi que el cumplimiento de los requisitos técnicos previstos en los lineamientos y en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado y demás normas vigentes; Que, asimismo, mediante Informe Nº 00847-2013- MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye estableciendo que los referidos cambios en la modifi cación del ROF, se encuentran legalmente conformes procediendo se remita al Concejo Municipal para su evaluación y posterior aprobación, previo informe de la Gerencia Municipal, haciéndose efectivo lo requerido con el Informe Nº 006-2013/MDLO/GM y Proveído Nº 305-2014/MDLO/ GM de la Gerencia Municipal; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º numerales 3, 8 y 32 y el Art. 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 389-CDLO QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR la modifi catoria de la ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, los cuales como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR la modifi catoria del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE los dispositivos que se contrapongan con la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL su publicación según corresponda y ORDENAR a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN su debida implementación y la publicación en el portal Institucional www.munilosolivos.gob.pe del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF y del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP, para los fi nes de publicidad, conforme a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde