Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2014 (01/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Sabado 1 de febrero de 2014

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de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 073-2013-GRA/OOT, el Informe Nº 1277-2013-GRA/ OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion acompanada, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del Estado cinco terrenos eriazos de los cuales tres tienen la condicion de bienes de Dominio Publico los que a continuacion se detallan: el Primero: 10, 168.91 m2, el Segundo: 4, 002.26 m2 y el Tercero: 3, 594.97 m2 y dos terrenos tienen la condicion de bienes de Dominio Privado los que a continuacion se detallan: el Primero: 12, 238.20 m2 y el Segundo: 67, 931.95 m2, todos ubicados en el Sector del Malecon de la Playa de Punta de Bombon del Distrito de Punta de Bombon, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas mencionadas, la presente resolucion es visada por los profesionales que suscribieron el Informe Tecnico Legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 11 -2014-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Domino a favor del Estado Peruano de cinco terrenos eriazos de los cuales tres tienen la condicion de bienes de Dominio Publico los que a continuacion se detallan: el Primero: 10, 168.91 m2, el Segundo: 4, 002.26 m2 y el Tercero: 3, 594.97 m2 y dos terrenos tienen la condicion de bienes de Dominio Privado los que a continuacion se detallan: el Primero: 12, 238.20 m2 y el Segundo: 67, 931.95 m2, todos ubicados en el Sector del Malecon de la Playa de Punta de Bombon del Distrito de Punta de Bombon, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma.

Humano MORDAZA El MORDAZA, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Que, la presente resolucion es visada por el abogado y arquitecto que suscribieron el informe tecnico legal del presente procedimiento. Con el Informe Nº 015 -2014-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de domino a favor del Estado, del terreno eriazo de dominio privado de 18,750 M2., ubicado en la Parte Alta de MORDAZA El MORDAZA, a la Altura del Asentamiento Humano MORDAZA El MORDAZA, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa; conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, realizara el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitara ante la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la inscripcion de los terrenos materia de la presente resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diez (10 ) dias del mes de enero del Dos Mil Catorce. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 1044534-2 RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 06-2014-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 1277-2013-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal Nº 073-2013-GRA/OOT, expediente Nº 2011-50798, respecto al procedimiento de Primera Inscripcion de Dominio en favor del Estado de cinco terrenos eriazos de los cuales tres tienen la condicion de bienes de Dominio Publico los que a continuacion se detallan: el Primero: 10, 168.91 m2, el Segundo: 4, 002.26 m2 y el Tercero: 3, 594.97 m2 y dos terrenos tienen la condicion de bienes de Dominio Privado los que a continuacion se detallan: el Primero: 12, 238.20 m2 y el Segundo: 67, 931.95 m2, todos ubicados en el Sector del Malecon de la Playa de Punta de Bombon del Distrito de Punta de Bombon, Provincia de Islay, Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales,

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