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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (01/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Sábado 1 de febrero de 2014 515915 Humano Villa El Valle, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Que, la presente resolución es visada por el abogado y arquitecto que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con el Informe Nº 015 -2014-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado, del terreno eriazo de dominio privado de 18,750 M2., ubicado en la Parte Alta de Villa El Valle, a la Altura del Asentamiento Humano Villa El Valle, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Articulo 3º.- La Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, realizará el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la inscripción de los terrenos materia de la presente resolución. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los diez (10 ) días del mes de enero del Dos Mil Catorce. Registrese y comuníquese. JORGE LUIS AGUILAR GALLEGOS Gerente General Regional 1044534-2 RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 06-2014-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 1277-2013-GRA/OOT y el Informe Técnico Legal Nº 073-2013-GRA/OOT, expediente Nº 2011-50798, respecto al procedimiento de Primera Inscripción de Dominio en favor del Estado de cinco terrenos eriazos de los cuales tres tienen la condición de bienes de Dominio Público los que a continuación se detallan: el Primero: 10, 168.91 m2, el Segundo: 4, 002.26 m2 y el Tercero: 3, 594.97 m2 y dos terrenos tienen la condición de bienes de Dominio Privado los que a continuación se detallan: el Primero: 12, 238.20 m2 y el Segundo: 67, 931.95 m2, todos ubicados en el Sector del Malecón de la Playa de Punta de Bombón del Distrito de Punta de Bombón, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, señala: “Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación La primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio. La inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado”. Que, de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 073-2013-GRA/OOT, el Informe Nº 1277-2013-GRA/ OOT, emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo señalado y de la documentación acompañada, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del Estado cinco terrenos eriazos de los cuales tres tienen la condición de bienes de Dominio Público los que a continuación se detallan: el Primero: 10, 168.91 m2, el Segundo: 4, 002.26 m2 y el Tercero: 3, 594.97 m2 y dos terrenos tienen la condición de bienes de Dominio Privado los que a continuación se detallan: el Primero: 12, 238.20 m2 y el Segundo: 67, 931.95 m2, todos ubicados en el Sector del Malecón de la Playa de Punta de Bombón del Distrito de Punta de Bombón, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas mencionadas, la presente resolución es visada por los profesionales que suscribieron el Informe Técnico Legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 11 -2014-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010- AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de Domino a favor del Estado Peruano de cinco terrenos eriazos de los cuales tres tienen la condición de bienes de Dominio Público los que a continuación se detallan: el Primero: 10, 168.91 m2, el Segundo: 4, 002.26 m2 y el Tercero: 3, 594.97 m2 y dos terrenos tienen la condición de bienes de Dominio Privado los que a continuación se detallan: el Primero: 12, 238.20 m2 y el Segundo: 67, 931.95 m2, todos ubicados en el Sector del Malecón de la Playa de Punta de Bombón del Distrito de Punta de Bombón, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma.