Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2014 (01/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Sabado 1 de febrero de 2014

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Que contando con los actuados y opiniones favorables se evidencia que el Proyecto Irrigacion Clemesi es un proyecto de gran importancia para la Region MORDAZA y como Proyecto Irrigacion es fundamental para el desarrollo sostenido de la actividad Agroindustrial, energetico y exportador. Por lo que en uso de sus facultades conferidas en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias el Consejo Regional de MORDAZA con el MORDAZA unanime de sus miembros y la lectura y aprobacion del acta. ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR de Interes Regional, el "Proyecto Estrategico Irrigacion MORDAZA de CLEMESI" del Departamento de MORDAZA, en funcion a la reserva hidrica que asigne la Autoridad Nacional del Agua. Articulo Segundo.- REMITIR el presente a la Autoridad Nacional del Agua, Presidente del Gobierno Regional, Vicepresidente Regional, Gerencia General, Gerencia Regional de Planificacion Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerente Regional del Proyecto Especial de Pasto Grande y Direccion Regional de Agricultura. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, Diario de Mayor Circulacion Regional y el MORDAZA de la Pagina Web del Gobierno Regional Moquegua. Registrese, comuniquese y cumplase. DIANIRA A. MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional MORDAZA 1044999-1

VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 18 de diciembre del 2013, del Consejo Regional de MORDAZA, el Dictamen Nº 008-2013-CODECTPE-CRM/GRMOQ; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado por la Ley Nº 27680 y estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, con jurisdiccion en el ambito de su circunscripcion territorial. Que, mediante la Ley Nº 29338, se declara de interes nacional y necesidad publica la gestion integrada de los recursos hidricos con el proposito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de los recursos hidricos en las cuencas hidrograficas para la conservacion e incremento de su disponibilidad, asi como asegurar su calidad, fomentando una nueva cultura del agua que garantice la satisfaccion de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Asimismo, se establece que: La Politica Nacional Ambiental; la Politica y Estrategia Nacional de Recursos Hidricos; el Plan Nacional de Recursos Hidricos y; los Planes de Gestion de Recursos Hidricos en las Cuencas, se constituyen como instrumentos de planificacion del Sistema Nacional de Gestion de Recursos Hidricos. Que, de acuerno al Articulo 102º de la Ley de Recursos Hidricos, se establece que la Politica y Estrategia Nacional de Recursos Hidricos esta conformada por el conjunto de principios, lineamientos; estrategias e instrumentos de caracter publico, que definen y orientan el accionar de las entidades del sector publico y privado para garantizar la atencion de la demanda y el mejor uso del agua del MORDAZA en el corto, mediano y largo plazo, en el MORDAZA de la Politica Nacional Ambiental Que, segun la Ley Organica de Gobiernos Regionales 27867 y sus modificatorias establece en su Articulo 51º inciso c) participar en la gestion sostenible de recurso Hidrico en el MORDAZA de las entidades de cuencas y las politicas de la Autoridad Nacional del Agua, y el inciso f) promover y ejecutar proyectos y obras de irrigacion, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservacion de los recursos hidricos y de suelos. Que, en virtud al Articulo .9º de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales literal h) el Gobierno Regional es competente para fomentar la competitividad, inversiones y financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional y mediante el literal d) del art. Promueve y ejecuta inversiones publicas de ambito regional, en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos de ambito regional, con estrategicas de sostenibilidad, competitividad oportunidades de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, a traves del Plan de Desarrollo Regional Concertado MORDAZA hacia el 2021, se determina como un objetivo estrategico especifico el uso eficiente de los recursos hidricos y ampliar la frontera MORDAZA para exportacion. Asi mismo senala como estrategia de Desarrollo Regional en Dimension Economica Productiva el agresivo impulso de la produccion agropecuaria con ampliacion de las fronteras para mejorar la competitividad macro regional, nacional e internacional. Que, la calificacion del mismo como proyecto de Interes Publico Regional permitira hacer la reserva del recurso hidrico conforme lo senala el Articulo .207º literal b) del D.S. Nº001-22010-AC Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, reserva efectuadas por la jefatura de la Autoridad Nacional del Agua y consiste en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superficial subterranea por un plazo determinado con la finalidad de garantizar la atencion de las demandas de un proyecto declarado de interes regional o nacional. Que, de acuerdo al Art. 71º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales- Funciones Especificas en materia Agraria Literal i) indica que el Gobierno Regional planifica, promueve y concerta con el sector privado la elaboracion de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial.

Aprueban el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) 2014 del Pliego 455, Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 179-2013-CR/GRM Fecha: 18 de diciembre del 2013 VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 18 de diciembre del 2013, del Consejo Regional de MORDAZA, la propuesta de Acuerdo para la Aprobacion del Presupuesto inicial de Apertura (PIA) 2014 del Pliego 455 "Gobierno Regional del Departamento de Moquegua"; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, reformado con la Ley N° 28607, y lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; con jurisdiccion en el ambito de la circunscripcion del Departamento de MORDAZA, siendo su titular el Presidente Regional, Que, mediante Ley N°30114 se aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, comprendiendo los creditos presupuestarios maximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; precisando los recursos que financian dicho Presupuesto estimados por MORDAZA de financiamiento, de acuerdo a sus anexos. Que, de acuerdo al numeral 52.1 de! articulo 52° de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la programacion de los presupuestos en los Gobiernos Regionales se rige por el criterio de estabilidad en base a las reglas fiscales y el MORDAZA

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