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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (07/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Viernes 7 de febrero de 2014 516333 Ministerial N° 871-2009/MINSA y normas conexas, a los siguientes funcionarios: Por el Ministerio de Salud - El/La directora/a General de la Ofi cina General de Estadística e Informática Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese, MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1047257-5 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican la R.M. N° 047-2012-TR, sobre aprobación de la Directiva General “Procedimiento de Selección de Candidatos a ser contratados bajo la Ley que regula la Contratación de Personal Altamente Calificado en el Sector Trabajo y Promoción del Empleo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2014-TR Lima, 6 de febrero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 248-2014-MTPE/4/12, del Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2012-EF y modifi catorias, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, el mismo que establece en su artículo 2° el ámbito de la aplicación de la norma, comprendiendo entre otros, a los Ministerios y las entidades públicas del Poder Ejecutivo adscritas a un Ministerio; Que, el artículo 7° del citado reglamento, dispone que para solicitar la contratación de Personal Altamente Califi cado se debe contar previamente con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo esta modalidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 047-2012- TR, se aprueba la Directiva General N° 002-2012-MTPE/4, “Procedimiento de Selección de Candidatos a ser contratados bajo la Ley que regula la Contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Público del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”; Que, considerando que a la fecha el Sector Trabajo y Promoción del Empleo cuenta con Organismos adscritos al Sector, resulta necesario emitir el acto de administración interna que precise los alcances de la resolución citada precedentemente, respecto a la Directiva a la mención; Con las visaciones del Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos, del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 047-2012-TR en los términos siguientes: “Aprobar la Directiva General N° 002-2012-MTPE/4, “Procedimiento de Selección de Candidatos a ser contratados bajo la Ley que regula la Contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Trabajo y Promoción del Empleo.” Artículo 2°.- Modifi car los acápites I, IV y los numerales 6.2.1, 6.3.2, 6.3.5, 7.2 y 9.4 de la Directiva General N° 002-2012-MTPE/4, “Procedimiento de Selección de Candidatos a ser contratados bajo la Ley que regula la Contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Trabajo y Promoción del Empleo.”, aprobado por Resolución Ministerial N° 047-2012-TR, los cuales quedan redactados en los siguientes términos: “I. OBJETIVO Establecer los lineamientos y el procedimiento para la selección de candidatos a ser contratados bajo la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado del Sector Trabajo y Promoción del Empleo. IV. ALCANCE La presente directiva es de aplicación para las dependencias del Sector Trabajo y Promoción del Empleo. 6.2.1 El Sector Trabajo y Promoción del Empleo a través de su Alta Dirección, elaborará las solicitudes de contratación de personal altamente califi cado, conforme al formato I del Anexo 01 (……) 6.3.2 En el caso de personal que mantiene vínculo laboral bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, el Sector Trabajo y Promoción del Empleo a través de sus Órganos respectivos, seguirá cubriendo los seguros que correspondan al servidor. 6.3.5 La Unidad Orgánica y/o el Organismo donde presta servicios el profesional altamente califi cado, elaborará un informe respecto al cumplimiento y avance trimestral de logros y metas propuestas, anexando el Formato G del Anexo 01, el cual será remitido a la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Este formato deberá contar con el visto de su superior jerárquico. 7.2 La contratación del personal altamente califi cado se celebra al amparo de lo previsto en el Código Civil, la Ley N° 29806, Decreto Ley N° 25650 y normas conexas; por lo que no existe subordinación, ni genera vínculo o relación laboral entre el contratado y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo u Órgano adscrito; en consecuencia no genera derechos laborales y/o benefi cios sociales. 9.4 Para efectos de lo establecido en el inciso b) del numeral 22.1 del artículo 22° del Reglamento de la Ley N° 29806, aprobado por el Decreto Supremo N° 016- 2012-EF, el personal contratado realiza un informe de las metas afectadas, que son remitidas al superior jerárquico, para su aprobación. Luego, la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo consolida los informes que serán anexados al Ofi cio señalado en el numeral 6.3.6 de la presente Directiva.” Articulo 3°.- Respecto a los Órganos adscritos al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, sólo podrán ser propuestos como candidatos a ser contratados como Personal Altamente Califi cado, sus titulares. Artículo 4°.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1047545-1