Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2014 (07/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 98 694,23 m², ubicado al Noroeste del Centro Poblado San MORDAZA, en el distrito de Nepena, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 22 de octubre de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, que presenta un suelo de composicion rocosa y arcillosa el cual exterioriza una topografia accidentada con pendientes de oscilan entre el 10% y 30%, aproximadamente; Que, solicitada la consulta catastral, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 16 de diciembre de 2013 sobre la base del Informe Tecnico Nº 1305-2013-Z.R.Nº VII/OC-Chimb, la Oficina Registral de Chimbote senala que sobre el area en consulta no existen superposiciones con predios inscritos; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 98 694,23 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 020-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de enero de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 98 694,23 m² ubicado al Noroeste del Centro Poblado San MORDAZA, en el distrito de Nepena, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1047243-10

El Peruano Viernes 7 de febrero de 2014

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 033-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 30 de enero de 2014 Visto el Expediente Nº 043-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 3 311 388,12 m², ubicado al Sur de la Urbanizacion "Rinconada de Lago", colindante a los distritos de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y MORDAZA, en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 3 311 388,12 m², ubicado al Sur de la Urbanizacion "Rinconada de Lago", colindante a los distritos de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y MORDAZA, en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 24 de enero de 2014, se verifico que el predio es de naturaleza eriaza, forma irregular y presenta una topografia accidentada al encontrarse conformada por laderas de cerros; Que, efectuada la consulta catastral a la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, esta, mediante Oficio Nº 311-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/GPI de fecha 28 de enero de 2014, remitio el Informe Tecnico Nº 13922014-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, en el que senala que el predio en consulta se ubica en ambito donde no se ha identificado a la fecha, informacion grafica de plano con antecedente registral; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde solicitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno de 3 311 388,12 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion en primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0023-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 29 de enero de 2014;

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