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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516692 Iquique, Antofagasta y Arica), del 1 al 2 de marzo de 2014; así como, autorizar su retorno el 3 de marzo de 2014: Fuerza Aérea del Perú: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. Coronel FAP. Hugo Edmundo DELGADO Torres O-9447081-O(+) 06778633 d. Personal que participará en la entrega de resultados preliminares en la ciudad de Arica, República de Chile, del 12 al 13 de marzo de 2014; así como, autorizar su salida del país el 11 y su retorno el 14 de marzo de 2014: Marina de Guerra del Perú: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. Contralmirante Javier Alfonso GAVIOLA Tejada 00781812 43327350 Contralmirante Hugo Ricardo VERÁN Moreno 00805282 43869758 Capitán de Navío José Francisco GIANELLA Herrera 00820544 43322221 Ejército del Perú: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. Teniente Coronel EP. Ciro SIERRA Farfán 117660900 31660015 Fuerza Aérea del Perú: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP. DNI. Coronel FAP. Hugo Edmundo DELGADO Torres O-9447081-O(+) 06778633 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, Ejército del Perú y Fuerza Aérea del Perú, efectuarán las coordinaciones para ejecutar el pago que corresponda a su personal comisionado, de acuerdo a los conceptos siguientes: a. Pasajes Aéreos (ida y retorno): Lima – Santiago (República de Chile) – Lima US$ 2,400.00 x 6 personas US$ 14,400.00 Pasajes Terrestres (ida y retorno): Santiago – Valparaíso – Santiago (República de Chile) US$ 100.00 x 6 personas US$ 600.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 días x 6 personas US$ 4,440.00 SUB TOTAL: US$ 19,440.00 b. Pasajes Aéreos: Lima – Santiago – Iquique – Arica – Iquique – Santiago (República de Chile) – Lima US$ 3,000.00 x 4 personas US$ 12,000.00 Viáticos: US$ 370.00 x 10 días x 4 personas US$ 14,800.00 SUB TOTAL: US$ 26,800.00 c. Pasajes Aéreos: Lima – Santiago – Arica – Santiago (República de Chile) – Lima US$ 2,800.00 US$ 2,800.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 días US$ 740.00 SUB TOTAL: US$ 3,540.00 d. Pasajes Terrestre: Tacna – Arica (República de Chile) – Tacna US$ 100.00 x 5 personas US$ 500.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 días x 5 personas US$ 3,700.00 SUB TOTAL: US$ 4,200.00 TOTAL A PAGAR: US$ 53,980.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante u Ofi cial Superior más antiguo de cada Delegación, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Militar comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1050135-4 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de la República Bolivariana de Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2014 DE/SG Lima, 12 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 079 del 7 de febrero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Bolivariana de Venezuela, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G. 500- 0416 del 4 de febrero de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Bolivariana de Venezuela; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 12 de febrero de 2014 al 20 de diciembre de 2015, a fi n de participar en el programa de Segunda Especialidad Profesional en Capitanías y Guardacostas y en el programa de Segunda Especialidad Profesional en Submarinos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio