Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2014 (13/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD ANGASMARCA-CACHICADAN-SANTA MORDAZA DE CHUCA-SANTIAGO DE MORDAZA RADIODIFUSION SONORA FM CHINCHEROS MATARA-NAMORA DEPARTAMENTO LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

516701
De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificacion de la Directiva Nº 0012010-MTC/15 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 599-2010-MTC/15 Modificar el primer parrafo y el literal c) del numeral 4.2.5 del articulo 4 de la Directiva Nº 001-2010-MTC/15 "PROCEDIMIENTO ESTANDAR DE EMISION DE LICENCIAS DE CONDUCIR", aprobada por Resolucion Directoral Nº 599-2010-MTC/15; en los terminos siguientes: "Articulo 4.- Organismos competentes en procedimiento de emision de licencias de conducir (...) 4.2 El Gobierno Regional asume las siguientes responsabilidades: (...) 4.2.5 Verificar que los insumos adquiridos para la elaboracion de las licencias de conducir, cuenten con una certificacion otorgada por una empresa o institucion acreditada ante INDECOPI o por una entidad o empresa especializada en la validez de los insumos de la licencias de conducir, respecto de: (...) c) Que el proveedor de los insumos cuenta con un ambiente seguro para la conservacion de los insumos a utilizarse en las licencias de conducir, el cual debe asegurar la inviolabilidad de los mismos, debiendo contar con: camaras de seguridad en circuito cerrado, detectores de humo, sensores de movimiento y boveda de seguridad. (...)" Articulo 2.- Publicacion Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo 3.- Vigencia La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1049781-1 el

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1049329-1

Modifican Directiva "Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir", aprobada por R.D. Nº 5992010-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 176-2014-MTC/15 MORDAZA, 15 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso g) del articulo 16 de la Ley 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre y al literal d) del numeral 7.1.2 del articulo 7 del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre; es una competencia de gestion del MTC, el mantener un sistema estandar de emision de licencias de conducir; Que, en tal sentido, se emitio la Resolucion Directoral Nº 599-2010-MTC/15 que aprueba la Directiva Nº 0012010-MTC/15 "Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir", en adelante la Directiva; la misma que tiene por objeto: (i) determinar los organismos competentes en el procedimiento de emision de licencias de conducir y sus responsabilidades, (ii) garantizar la transparencia y la seguridad del procedimiento de emision de las licencias de conducir, y (iii) establecer los requisitos minimos que debe observar cada Region en la atencion de los usuarios; Que, el primer parrafo del numeral 4.2.5 del articulo 4 de la Directiva, establece como una de las responsabilidades del Gobierno Regional el verificar que los insumos adquiridos para la elaboracion de las licencias de conducir cuenten con una certificacion otorgada por una empresa o institucion acreditada ante INDECOPI, respecto de los puntos que senala dicho numeral; asimismo, el literal c) del mencionado numeral, dispone dentro de los puntos que deben ser certificados por la empresa o institucion acreditada ante INDECOPI, que el proveedor de los insumos cuenta con un ambiente seguro para la conservacion de estos; Que, al respecto, mediante Informe Nº 004-2014MTC/15.03 la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, unidad organica encargada de conducir el sistema de otorgamiento de licencias de conducir a nivel nacional y gestionar la emision de estas en el ambito de su competencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; recomienda: (i) que ademas de las empresas o instituciones acreditadas ante INDECOPI que establece la Directiva, se incorpore a entidades o empresas especializadas en la validez de los insumos de la licencia de conducir, a fin de optimizar dicho procedimiento, (ii) precisar los elementos de seguridad con los que debe de contar el ambiente para conservar los insumos de las licencias de conducir, a efectos de asegurar la inviolabilidad de los mismos; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario modificar la Directiva atendiendo a lo informado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, a efectos de optimar el procedimiento de emision de las licencias de conducir orientado a la seguridad respecto a los insumos para la elaboracion de las licencias de conducir;

Autorizan a Brevete Club S.R.L. impartir cursos de capacitacion en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 236-2014-MTC/15 MORDAZA, 20 de enero de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 172070 y 007701, presentados por la empresa denominada BREVETE CLUB S.R.L., y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.