Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2014 (13/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014

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resolucion definitiva y debidamente notificadas hasta el 31 de marzo de 2014, en cuanto le MORDAZA aplicables; disposicion que sera supervisada por las respectivas Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura. Noveno. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 1052014 de la cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor Lecaros MORDAZA por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de febrero de 2014, el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales: Hasta el 31 de marzo de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA · Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA CORTE SUPERIOR MORDAZA DE JUSTICIA DE

Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012 y sus modificatorias, han establecido normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; asi tambien por Resolucion Administrativa N° 062-2013CE-PJ, del 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de produccion de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del MORDAZA Codigo Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. De igual modo, se dispuso a las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA que los destaques, reubicaciones o encargo de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no estan permitidos, salvo peticion sustentada dirigida a la Comision Nacional de Descarga Procesal, que se encargara de aprobar o desestimar el pedido. Cuarto. Que por Resoluciones Administrativas N° 254-2013-CE-PJ y Nº 299-2013-CE-PJ, de fechas 30 de octubre y 28 de noviembre del ano 2013 respectivamente, se dispuso la prorroga del funcionamiento de dependencias judiciales transitorias en materia laboral hasta el 31 de enero de 2014. Asimismo, dispuso, que las Cortes Superiores de Justicia cumplan con monitorear el funcionamiento y produccion de los organos jurisdiccionales liquidadores laborales transitorios de descarga procesal. Quinto. Que la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Norte, MORDAZA y Tacna y ha realizado la evaluacion de las propuestas sobre la base de la informacion estadistica registrada y disponible en los sistemas informaticos del Poder Judicial a la fecha, asi como de los datos del Inventario Nacional, estableciendose de esta manera la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administracion de organos jurisdiccionales y de optimizar recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Sexto. Que, por lo expuesto en el Informe de la Comision Nacional de Descarga Procesal, luego de evaluar la produccion jurisdiccional y carga procesal pendiente tanto de los organos jurisdiccionales transitorios como permanentes a los que apoyan en la descarga procesal, y, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, dentro del estricto respeto al MORDAZA legal vigente, con el fin de contrarrestar la sobrecarga procesal, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo; en ese sentido, resulta pertinente prorrogar los organos jurisdiccionales materia de propuesta. Setimo. Que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal deberan efectuar el seguimiento y monitoreo de los organos jurisdiccionales transitorios laborales citados en la presente resolucion, a fin de maximizar la capacidad resolutiva; aspecto que sera considerado en las siguientes evaluaciones, en consonancia con el promedio estandar de produccion jurisdiccional establecido en la Resolucion Administrativa N° 245-2013-CE-PJ. Octavo. Que, de conformidad con la normatividad procesal que corresponda y atendiendo a la carga procesal, resulta oportuno precisar que los procesos judiciales tramitados en los diversos organos jurisdiccionales del MORDAZA, cuyas vistas de causa se hayan llevado a cabo hasta el 31 de diciembre de 2013, deberan contar con

· 1º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Chiclayo · 2º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Chiclayo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE · Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Independencia Hasta el 31 de MORDAZA de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA · 1º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA · 2º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA MORDAZA · 2º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL MORDAZA · 1º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Chimbote · 2º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Chimbote CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA · 1º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Tacna Articulo Segundo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Norte, MORDAZA y Tacna, informen bajo responsabilidad a la Presidencia de la Comision Nacional de Descarga Procesal en el plazo de 30 dias calendario de publicada la presente resolucion, la evaluacion respecto a las dificultades que presenten en el desarrollo de sus labores y que por tanto influyen en la produccion jurisdiccional, y que pueden ser, entre otros, debido a la inadecuada distribucion de expedientes

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