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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516696 Singapur, del 17 al 21 de febrero y del 22 al 25 de febrero de 2014, respectivamente, con la fi nalidad de coordinar con el equipo negociador y contar con la asesoría técnica pertinente; Que, el Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP) es un proceso de negociación que abarca países de América, Asia y Oceanía, que busca convertirse en la base y el medio para establecer el Área de Libre Comercio del Asia-Pacífi co (FTAAP), por lo que se encuentra abierto a la participación de otros países que han manifestado formalmente su interés en el proceso; Que, en dicho marco, se llevará a cabo la Reunión de Jefes Negociadores y Grupos Técnicos y la Reunión de Ministros de Comercio Exterior, con el objeto de alcanzar la fi nalización de los temas pendientes que se han venido trabajando en las diversas rondas de negociación, a través de reuniones plenarias y bilaterales entre ministros y reuniones técnicas entre los equipos negociadores, cerrando de esta manera las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co; Que, asimismo, dentro de los temas a tratar se encuentra el acceso a Mercados de Bienes, Servicios Financieros, Inversión y Contratación Pública, los mismos que se encuentran vinculados a las funciones de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que el señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, participe en la Reunión de Ministros de Comercio Exterior con la fi nalidad de brindar la asesoría técnica necesaria en dicha reunión y asimismo, que el señor Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, consultor de dicha Dirección General, participe en la Reunión de Ministros de Comercio Exterior y en la Reunión de Jefes Negociadores y Grupos Técnicos, a fi n de coordinar con el equipo negociador y otorgar la asesoría técnica que se requiera; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como en la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012-EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País y sus modifi catorias, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 331-2013-EF/43 y Resolución Ministerial N° 027-2014-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas del 19 al 27 de febrero de 2014 y del señor Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, consultor de la mencionada Dirección General, del 14 al 26 de febrero de 2014, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Javier Humberto Roca Fabián Pasajes Aéreos : US $ 3 936,92 Viáticos (4 + 2 días) : US $ 3 000,00 Señor Roberto Ricardo De Urioste Samanamud Pasajes Aéreos : US $ 5 195,12 Viáticos (9 + 2 días) : US $ 5 500,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las citadas personas deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de las personas cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1050134-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 022-2014-EF Mediante Ofi cio Nº 109-2014-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 022-2014-EF, publicado en la edición del día 8 de febrero de 2014. DICE: “DECRETO SUPREMO Nº 022-2014-EF” DEBE DECIR: “DECRETO SUPREMO Nº 026-2014-EF” DICE: “Artículo 14.- Responsabilidad El Titular del Sector es responsable de verifi car que la solicitud de contratación de personal altamente califi cado que presente a la UTP - FAG, cuenta con el debido sustento y cumpla con lo establecido en la Ley y las normas del presente Reglamento. Asimismo, es responsable de la verifi cación del cumplimiento de las metas y/o logros previstos en el literal b) del artículo 4 del presente Reglamento y, de la conformidad del servicio correspondiente. Igual responsabilidad corresponde a los titulares de Entidad de los organismos adscritos a los sectores respecto de sus contratos bajo los alcances de la ley.” DEBE DECIR: “Artículo 14.- Responsabilidad El Titular del Sector es responsable de verifi car que la solicitud de contratación de personal altamente califi cado que presente a la UTP - FAG, cuenta con el debido sustento y cumpla con lo establecido en la Ley y las normas del presente Reglamento. Asimismo, es responsable de la verifi cación del cumplimiento de las metas y/o logros previstos en el numeral 4.2 del artículo 4 del presente Reglamento y, de la conformidad del servicio correspondiente. Igual responsabilidad corresponde a los titulares de Entidades de los organismos adscritos a los sectores respecto de sus contratos bajo los alcances de la ley.” 1050136-1