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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516693 peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Bolivariana de Venezuela detallado a continuación, a fi n de realizar intercambios profesionales y académicos. PROGRAMA DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS Del 12 de febrero al 20 de diciembre de 2014 1. Teniente de FragataNapoleón Amílcar GONZALES Lozada PROGRAMA DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN SUBMARINOS Del 12 de febrero de 2014 al 20 de diciembre de 2015 1. Teniente de Fragata Carlos Anselmo COELLO Escorche Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1050121-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO Nº 027-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autorizó a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, a depositar en una cuenta de carácter intangible hasta la suma de S/. 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la ejecución del proyecto de inversión pública “Creación e implementación del ISTP FFAA en el distrito del Rímac” con código SNIP Nº 213212, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Público al 31 de diciembre de 2012, los que para efecto de la presente disposición están exceptuados del literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modifi catorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2009-EF. Dichos recursos se incorporan en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Defensa, mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, y de Defensa, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente, mediante el Decreto Supremo Nº 232- 2013-EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos establecidos en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, hasta por la suma de DIECISIETE MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.17 034 596,00), para ser destinados a fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública “Creación e implementación del Instituto Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas en el distrito del Rímac”; Que, a través del Ofi cio Nº 61-2014-MINDEF/ DM, el Ministerio de Defensa solicita se autorice la incorporación de mayores recursos para el Año Fiscal 2014 en el Pliego 026 Ministerio de Defensa por la suma de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 550 230,00), con cargo a la cuenta de carácter intangible que se constituyó para la ejecución del proyecto de inversión pública “Creación e Implementación del Instituto Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas en el Distrito del Rímac”, en el marco de lo dispuesto en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, recursos destinados para cancelar el contrato suscrito el año 2013 por los talleres y laboratorio comprendidos en la 1º etapa del citado proyecto, así como dar inicio a la contratación de las obras, mobiliario, entre otros; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación de los citados recursos hasta por la suma de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 550 230,00), vía Crédito Suplementario, para ser destinados a fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública “Creación e Implementación del Instituto Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas en el distrito del Rímac”; De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, con cargo a los recursos establecidos en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, hasta por la suma de TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 550 230,00), para ser destinados a financiar la ejecución del proyecto de inversión pública “Creación e implementación del Instituto Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas en el distrito del Rímac”, de acuerdo al siguiente detalle: En Nuevos Soles INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951) 32 550 230,00 ------------------- TOTAL INGRESOS 32 550 230,00 =========== En Nuevos Soles EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2 183937 : Creación e Implementación del Instituto Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas en el Distrito del Rímac