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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516706 Que, la Directiva “Procedimiento para la instalación de Árbitro Único o de Tribunal Arbitral Ad Hoc” tiene como fi nalidad defi nir los lineamientos del procedimiento de instalación de Árbitro Único o Tribunal Arbitral Ad Hoc, establecer disposiciones sobre la presentación, califi cación y evaluación de la solicitud de instalación, así como las reglas a tener en cuenta en la audiencia de instalación, y señalar los supuestos de culminación del procedimiento; Que, el numeral 60.1 del artículo 60º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE y tiene entre sus funciones aprobar las Directivas a que se refi ere el artículo 58º de la citada Ley; Que, el literal a) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo en la Sesión Ordinaria Nº 002-2014/OSCE-CD, de fecha 30 de enero de 2014, acordó aprobar la Directiva “Procedimiento para la instalación de Árbitro Único o de Tribunal Arbitral Ad Hoc”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; Con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, Dirección de Arbitraje Administrativo, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, y con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Nº 002-2014-OSCE/ CD sobre “Procedimiento para la instalación de Árbitro Único o de Tribunal Arbitral Ad Hoc”, la cual como Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Directiva Nº 002-2014-OSCE/CD, entrará en vigencia a partir de los treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3°.- Derogar la Directiva Nº 003-2005- CONSUCODE/PRE “Instalación de Tribunales Arbitrales Ad Hoc”, aprobada por Resolución N° 081-2005- CONSUCODE/PRE, a partir de la entrada en vigencia de la Directiva Nº 002-2014-OSCE/CD. Artículo 4º.- Publicar la Directiva Nº 002-2014-OSCE/ CD, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1049207-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aceptan renuncia al cargo de Jefe de Oficina General de Comunicaciones de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 036-2014-SUNARP/SN Lima, 12 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 030-2014-SUNARP/SN de fecha 06 de febrero de 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 09 de febrero de 2014, se le designó como Jefe de la Ofi cina General de Comunicaciones de la Sunarp a la señora economista Vanessa De los Ríos De Souza Peixoto con efi cacia desde el 10 de febrero del presente año; Que, mediante escrito de fecha 11 de febrero de 2014, la señora economista Vanessa De los Ríos De Souza Peixoto presentó su carta de renuncia al cargo; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, son funciones del Superintendente Nacional designar, sancionar y remover al personal de confi anza de la Sede Central; Estando a lo dispuesto en el literal x) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, publicado el 15 de octubre de 2013; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la señora economista Vanessa De los Ríos De Souza Peixoto al cargo de Jefe de Ofi cina General de Comunicaciones de la Sunarp, a partir del 12 de febrero de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1050062-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de diversas Cortes Superiores de Justicia y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 054-2014-CE-PJ Lima, 29 de enero de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 076-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 008-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prórrogas de órganos jurisdiccionales transitorios. CONSIDERANDO: Primero. Que la Resolución Administrativa Nº 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008, y sus modifi catorias, establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación.