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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516698 Artículo 2.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1041137-1 PRODUCE Constituyen Comisión encargada del proceso de identificación y diseño de los Programas Presupuestales en el marco de la programación y formulación del Presupuesto del Sector Producción para el Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2014-PRODUCE Lima, 11 de febrero de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 855-2014-PRODUCE/ SG de la Secretaria General, el Informe Nº 35-2014- PRODUCE/OGPP-Opra de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización y el Memorando Nº 252-2014-PRODUCE/ OGPP, ambos de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 024-2014-PRODUCE/OGAJ- jtangm de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012- EF, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como la de emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0002- 2014-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas se aprueba la Directiva Nº 0001-2014-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015” y sus Anexos; Que, el literal a) del artículo 8 de la citada Directiva, señala que el Titular de la Entidad rectora debe constituir una Comisión, mediante Resolución y en un plazo que no exceda los siete (07) días hábiles posteriores a la publicación de la Directiva, la cual será presidida por el Titular de la Entidad rectora o por quien éste designe, e integrada por los jefes de las Ofi cinas de Planifi cación y Presupuesto, de Administración, de Infraestructura, de Programación e Inversiones, de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística y los jefes de las áreas técnicas encargadas de la implementación del diseño y su ejecución, o los que hagan sus veces; Que, la mencionada Directiva señala las funciones que le corresponde cumplir a la Comisión en el proceso de diseño de los programas presupuestales; por lo que resulta pertinente constituir la referida Comisión dictando el acto de administración correspondiente; Con la visación de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; en el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir la Comisión encargada del proceso de identifi cación y diseño de los Programas Presupuestales en el marco de la programación y formulación del Presupuesto del Sector Producción para el Año Fiscal 2015. Artículo 2.- La Comisión a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, estará integrada por: • La Ministra de la Producción, o persona que delegue, quien lo presidirá. • Los Directores Generales de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, del Instituto del Mar del Perú y del Instituto Tecnológico de la Producción. • El Director General de la Ofi cina General de Administración. • El Director de la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto. • Los Directores Generales de las Direcciones Generales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria. • Los Directores Generales de las Direcciones Generales del Despacho Viceministerial de Pesquería. • Los Directores Generales de línea del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, del Instituto del Mar del Perú y del Instituto Tecnológico de la Producción, según corresponda. Artículo 3.- La Comisión tendrá las siguientes funciones: • Identifi car la problemática sobre la que se elaborarían las propuestas de nuevos programas presupuestales y las agendas de revisión del diseño de los programas presupuestales incluidos en el presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2014. • Defi nir a los Equipos Técnicos para cada programa presupuestal encargados de las tareas antes mencionadas, así como validar los documentos que sustentan las propuestas de programas presupuestales y los resultados de la revisión de los programas presupuestales de 2014, previo a su remisión a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. • Las demás funciones previstas en la Directiva Nº 0001-2014-EF/50.01, “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0002-2014-EF/50.01. Artículo 4.- Los miembros de la Comisión podrán designar a su representante mediante comunicación dirigida a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en un plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- La Comisión conformada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se instalará en un plazo no mayor de tres (03) días útiles contados desde la fecha de su publicación. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 1050120-1