Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2014 (22/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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el Seguimiento y Monitoreo de Organos Jurisdiccionales que conocen procesos Contencioso Administrativos con Subespecialidad en materia Tributaria, Aduanera y de Mercado; MORDAZA y Seguridad Vial y procesos penales relacionados a delitos contra Recursos Naturales y Medio Ambiente, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA Norte, MORDAZA Sur e Ica, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1053376-1

El Peruano Sabado 22 de febrero de 2014

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran que la Universidad Nacional de MORDAZA ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de programas academicos de pregrado
RESOLUCION Nº 0003-2014-ANR MORDAZA, 9 de enero de 2014 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nº 202 y 203-2012-SG-UNC, de fecha 10 de MORDAZA de 2012, Nº 264-2012-OGDA-UNC, de fecha 20 de setiembre de 2012, Nº 206, 241 y 273-2013-OGDA-UNC, de fecha 13, 21 y 23 de MORDAZA de 2013, Carta de fecha 24 de octubre de 2013; informe Nº 236-2013-DGDAC, de fecha 10 de diciembre de 2013; memorando Nº 14222013-SE, de fecha 26 de diciembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas e indelegables que estan establecidas en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, y que a la letra precisa "la creacion de carreras, titulos profesionales y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad y de las facultades en que se hacen los estudios respectivos requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; asimismo, es atribucion de esta MORDAZA concordar en lo referente a los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y a la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer los curricula y requisitos adicionales propios"; Que, mediante Ley Nº 14015 se crea la Universidad Tecnica de MORDAZA, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, sin embargo, actualmente se le reconoce como "Universidad Nacional de Cajamarca"; Que, teniendo en cuenta los alcances del primer considerando de la presente resolucion, el Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA, a traves de los oficios de vistos, remite a la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores documentacion correspondiente a la creacion y organizacion de escuelas academico profesionales para el reconocimiento y

oficializacion de los mismos por parte de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentacion, remitida por la citada universidad, contiene sendas resoluciones de creacion y organizacion de escuelas academico profesionales con sus respetivos planes curriculares, ha sido estructurada de conformidad con las disposiciones establecidas en los articulos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, asi como, con los criterios establecidos por la Asamblea Nacional de Rectores, por lo que es de opinion favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en via de regularizacion, emita la resolucion correspondiente; ademas de que la Universidad Nacional de MORDAZA cumpla con las recomendaciones precisadas en el informe en mencion y que es de su conocimiento; Que, mediante el memorando N° 1422-2013-SE, la Secretaria Ejecutiva dispone emitir una resolucion de acuerdo con lo informado por la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, respecto a la creacion, organizacion y funcionamiento de programas academicos de pregrado en la Universidad Nacional de Cajamarca; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar, en via de regularizacion, que la Universidad Nacional de MORDAZA, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los articulos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento de programas academicos de pregrado que imparten; quedando en consecuencia aprobada su implementacion: 1. Facultad de Ciencias Agrarias, con la escuela academico profesional de: - Ingenieria Ambiental 2. Facultad de Ciencias Economicas, Contables y Administrativas, con las escuelas academico profesionales de: - Administracion - Contabilidad 3. Facultad de Ciencias de la Salud, con la escuela academico profesional de: - Obstetricia 4. Facultad de Ciencias Veterinarias, con la escuela academico profesional de: - Medicina Veterinaria 5. Facultad de Ingenieria, con las escuelas academico profesionales de: - Ingenieria de Minas - Ingenieria de Sistemas 6. Facultad de Medicina Humana, con la escuela academico profesional de: - Medicina Humana 7. Facultad de Ingenieria en Ciencias Pecuarias, con la escuela academico profesional de: - Ingenieria Zootecnista Articulo 2°.- Disponer la difusion de la presente Resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion y a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la Institucion, para los fines que dispone la Ley.

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