Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2014 (26/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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El Peruano Miercoles 26 de febrero de 2014

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Revocan facultades registrales conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 045-2014/JNAC/RENIEC MORDAZA, 25 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe Nº 000096-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (20FEB2014), emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando Nº 000326-2014/GOR/ RENIEC (19FEB2014), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe Nº 000015-2014/ GPRC/RENIEC (20FEB2014), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del articulo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC; Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales y la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles proponen la revocatoria de las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del articulo 44º de la Ley Nº 26497, a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima; dado que nuestra institucion cuenta con la capacidad operativa necesaria para atender la demanda en atencion a los ciudadanos; Que, la propuesta de revocatoria de facultades de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima; cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles y de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, en su calidad de Unidad Organica encargada del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el articulo 111º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC;

Que, siendo uno de los objetivos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), el fortalecimiento del Sistema de Registros Civiles, y teniendo en cuenta que entre las actividades establecidas en el Plan Estrategico Institucional 2012-2016, se tiene prevista la incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil al RENIEC, resulta pertinente la revocatoria de las funciones registrales delegadas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de MORDAZA, a efectos de otorgarle al sistema registral un manejo integral y eficaz, garantizando la seguridad juridica a favor de la ciudadania; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria parcial de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de MORDAZA, dictando las medidas correspondientes y asegurando su difusion, la cual debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del articulo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de MORDAZA, la misma que se MORDAZA efectiva a partir del dia Miercoles 26 de febrero de 2014, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha seran de exclusiva competencia del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC). Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, Provincia y Departamento de MORDAZA, conserve el acervo documentario, ejerciendo, respecto a tal acervo, las funciones registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del articulo 44º de la Ley Nº 26497, hasta la incorporacion de la misma al RENIEC. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoria Juridica la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1054617-1

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias, dejan sin efecto y dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 656-2014-MP-FN MORDAZA, 25 de febrero del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Los documentos de fecha 19 de febrero de 2014, mediante el cual se eleva las solicitudes de renuncia

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