Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2014 (26/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 26 de febrero de 2014

517547
Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General que disponga la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano,el intranet y en la pagina web institucional (www.sbn.gob.pe), conforme a lo previsto en subnumeral 5.5.5 del numeral 5.5 de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2014/SBN, aprobada por la Resolucion Nº 001-2014/SBN. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 1054482-1

OPP de fecha 19 de febrero de 2014, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Nº 075-2013/SBN de fecha 03 de octubre de 2013, se aprobo la Directiva Nº 0062013/SBN denominada "Directiva que regula la seleccion de personal bajo el regimen laboral de la actividad privada en la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN", cuyo objetivo es establecer el procedimiento para el ingreso de personal a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, bajo el regimen laboral de la actividad privada, a traves de procesos de seleccion tecnicamente desarrollados; Que, los sub numerales 5.4.1 y 5.4.2 del numeral 5.4 de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2014/ SBN, denominada "Procedimientos para la formulacion y aprobacion de directivas en la SBN", aprobada por la Resolucion Nº 001-2014/SBN, senala que las Directivas podran ser modificadas por la unidad organica que la formulo, previa sustentacion de la misma; Que, a traves delInforme Nº 011-2014/SBN-OAF-SAPE de fecha 10 de febrero de 2014, el Sistema Administrativo de Personal sustenta la modificacion del literal b) del numeral 6.12 de las Disposiciones Especificas de la citada Directiva, en el sentido que se puedan cubrir las plazas que por distintos motivos puedan quedar vacantes, considerando que el elegible reune el perfil para cubrir la plaza, asi como no se generen gastos de publicidad de una nueva convocatoria y contratacion de servicios de la evaluacion de competencias,permitiendo que las plazas vacantes se cubran en un breve plazo y se evite de esta manera el deficit del recurso humano en las distintas unidades organicas de la SBN; Que, de igual modo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante el documento del visto manifiesta su conformidad con la modificacion de la Directiva, recomendando incluir la posibilidad de recurrir a la lista de elegibles vigente cuando el titular de una plaza fallece; En tal sentido, se ha visto por conveniente modificar el literal b) del numeral 6.12 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 006-2013/SBN denominada "Directiva que regula la seleccion de personal bajo el regimen laboral de la actividad privada en la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN", a efectos de ampliar las causales para cubrir las plazas recurriendo a la lista de elegibles que se encuentre vigente; Con los visados de la Secretaria General, la Oficina de Administracion y Finanzas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 001-2014/SBN, aprobada por la Resolucion Nº 001-2014/ SBN; el articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; y en uso de la atribucion conferida por el inciso r) del articulo 11º del citado Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el literal b) del numeral 6.12 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 0062013/SBN denominada "Directiva que regula la seleccion de personal bajo el regimen laboral de la actividad privada en la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN", aprobada por la Resolucion Nº 075-2013/SBN, el cual queda redactado en los siguientes terminos: "b) La "Lista de Elegibles" (Anexo Nº 09) para el caso de procesos de seleccion efectuados para la cobertura de plazas vacantes se establece en base a los postulantes que obtuvieron puntaje final minimo pero insuficiente para acceder como ganadores del cargo al que concursaron. Se recurrira a la lista de elegibles siempre que se encuentre vigente, para los siguientes casos: i) El ganador del MORDAZA no se presente a suscribir el contrato de trabajo dentro del plazo establecido. ii) El titular de la plaza renuncia. iii) El titular de la plaza fallece. iv) El titular de la plaza no supera el periodo de prueba. v) Cubrir plazas de cargos similares con igual perfil a convocar."

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican el Anexo B del Procedimiento Tecnico COES PR-32, aprobado por R.M. N° 516-2005-MEM/DM
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 032-2014-OS/CD MORDAZA, 25 de febrero de 2014 CONSIDERANDO Que, la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica", establecio en los literales a), b) y j) de su Articulo 14° las funciones operativas del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES) con relacion a la programacion de la operacion del Sistema Interconectado Nacional (SEIN), la operacion en tiempo real del MORDAZA y la planificacion y administracion de los Servicios Complementarios que se requiera para la operacion MORDAZA y economica del MORDAZA, mientras que en el item b) de su Articulo 13° establecio como funcion de interes publico del COES el elaborar los procedimientos para la operacion del MORDAZA y administracion del MORDAZA de Corto Plazo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2008EM, se aprobo el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (Reglamento COES), cuyo Articulo 5°, numeral 5.1 detalla que el COES, a traves de su Direccion Ejecutiva, debe elaborar las propuestas de Procedimiento en materia de operacion del MORDAZA, y en su numeral 5.2 determina que el COES debe contar con una "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos", elaborada y aprobada por OSINERGMIN, la cual incluira como minimo, los objetivos, plazos, condiciones, metodologia, forma, responsables, niveles de aprobacion parciales, documentacion y estudios de sustento; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 4762008-OS/CD se aprobo la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos" (en adelante la "Guia), elaborada de conformidad con los Articulos 5° y 6° del Reglamento COES, estableciendose en aquella el MORDAZA y los plazos que deben seguirse para la aprobacion de los Procedimientos Tecnicos COES; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 516-2005MEM/DM, se aprobo el Procedimiento Tecnico COES PR32 "Criterios y Metodologia para la Programacion de la Operacion de Corto Plazo de las Centrales de generacion del COES" (en adelante "PR-32"), que posteriormente fue modificado mediante Resolucion Ministerial Nº 080-2006MEM/DM y Resolucion OSINERGMIN Nº 061-2012-OS/ CD; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 143-2001EM/VME, se aprobo el Procedimiento Tecnico COES PR-16 "Racionamiento por Deficit de Oferta" (en adelante

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