Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2014 (27/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014

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representantes de VELILLE-HIDRO S.A.C., de la Direccion General de Electricidad y de las autoridades interesadas de la MORDAZA, con el objeto de informar a la poblacion acerca del proyecto de la futura Central Hidroelectrica Velille; Que, mediante Informe N° 043-2014-DGE-DCE de fecha 22 de enero de 2014, se verifico el cumplimiento de los requisitos que establece el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, recomendandose que se otorgue la concesion temporal; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM, y el item CE02 del Anexo N° 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de VELILLE-HIDRO S.A.C., que se identificara con el codigo N° 21330713, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Velille, con una potencia instalada estimada de 20 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Paccaritambo, Ccapi y Colcha, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses, de acuerdo al Cronograma que consta en el Expediente, contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 ESTE 178 530,0200 179 588,8639 180 911,3154 182 224,2312 183 890,4069 184 101,6194 183 960,2518 183 958,5979 183 162,4671 181 066,3405 179 813,5089 178 849,6648 NORTE 8 470 543,0900 8 470 908,2224 8 470 844,0447 8 469 809,6485 8 469 195,0426 8 467 916,5074 8 467 663,4350 8 467 371,1336 8 467 371,1336 8 469 179,3078 8 469 871,1336 8 469 871,1336

En los casos que no se obtuviera la conformidad de las Actas de Conformidad y/o Pruebas, o MORDAZA denegadas las solicitudes en tramite de inscripcion y modificacion, que involucren el aumento de la capacidad de almacenamiento, en el Registro de Hidrocarburos, se otorgara, por unica vez, un plazo de treinta (30) dias calendario contado a partir del dia siguiente de notificado el acto administrativo, para volver a presentar la solicitud. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, y el Ministro de Energia y Minas. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Articulo Unico.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1055112-1

Otorgan concesion temporal a favor de Velille - Hidro S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Velille
RESOLUCION MINISTERIAL N° 084-2014-MEM/DM MORDAZA, 20 de febrero de 2014 VISTO: El Expediente N° 21330713 sobre solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Velille, presentado por VELILLE-HIDRO S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12742278 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante documento presentado con fecha 18 de MORDAZA de 2013, bajo el registro N° 2313502, VELILLEHIDRO S.A.C. presento solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Velille, para una potencia instalada estimada de 20 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la concesion temporal referida en el considerando que antecede se desarrollara en los distritos de Paccaritambo, Ccapi y Colcha, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de conformidad con los Lineamientos para la Participacion Ciudadana en las Actividades Electricas aprobados mediante Resolucion Ministerial N° 2232010-MEM/DM, se realizo el Taller Informativo el dia 06 de diciembre de 2013, con la participacion de los

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1053135-1

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