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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (27/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 66

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517632 así como el Informe Nº 000085-2014-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP “Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal - PAP en las Entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP de fecha 08 de febrero de 1982, establece los procedimientos para la formulación, aprobación y ejecución del PAP asegurando que los mismos respondan a criterios de racionalidad, uniformidad, fl exibilidad y dinamismo; Que, con Resolución Jefatural Nº 195-2012-J/ONPE de fecha 15 de noviembre de 2012, se aprobó el PAP de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE; Que, con Resolución Jefatural N° 0031-2014-J/ONPE, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, dada la necesidad de reestructurar la Entidad con el objeto de convertirla en una institución pública organizada con un enfoque de procesos alineados a los roles que le corresponde desempeñar; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 049-2014- J/ONPE, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la ONPE, el cual se adecúa a la reestructuración organizacional implementada en la Entidad y en el necesario reordenamiento de cargos que dicha acción ocasiona, a fi n de fortalecerla funcionalmente; Que, el PAP es el documento de gestión en el cual se consideran las plazas y el presupuesto para los servicios específi cos de personal permanente y eventual, en función a la disponibilidad presupuestal; Que, mediante el Informe de vistos, la Gerencia de Administración alcanza la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal de la ONPE elaborado sobre la base de los documentos de gestión recientemente aprobados; Que, conforme lo dispuesto por la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 24811, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Entidad mediante resolución de su Titular, aprueba el PAP, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, sobre su viabilidad presupuestal, lo que se ha hecho efectivo mediante el documento de vistos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, la Gerencia de Presupuesto y Planeamiento con Memorando Nº 000650-2014-GPP/ONPE emite opinión favorable, manifestando que el PAP propuesto cuenta con recursos presupuestarios sufi cientes para ser fi nanciada; Que, en consecuencia resulta necesario emitir el acto de administración que apruebe el PAP en concordancia con las modifi caciones introducidas en el CAP de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; respetando las disposiciones de austeridad previstas en la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el presente Ejercicio Fiscal; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, los literales a) y t) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 0031-2014-J/ONPE; Con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de Administración y de la Sub Gerencia de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 195-2012-J/ONPE y demás disposiciones internas que se opongan a lo dispuesto por la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, conforme al numeral 3 del artículo 10° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 1055095-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficinas de Registros del Estado Civil de municipalidades de diversos centros poblados de los departamentos de Ancash, San Martín, Cajamarca, Puno y Piura RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 046-2014/JNAC/RENIEC Lima, 26 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe N° 000754-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (27DIC2013) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000038-2014/GRC/RENIEC (09ENE2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000008-2014/GPRC/RENIEC (18FEB2014) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Ayash, Distrito de Huachis, Provincia de Huari, Departamento de Ancash, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularización de delegación de funciones registrales, habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);