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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (27/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517638 Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1055092-1 Disponen que la Primera y Segunda Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas del Callao conozcan procesos penales por delitos de tráfico ilícito de drogas tramitados ante diversos juzgados RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 680-2014-MP-FN Lima, 26 de febrero del 2014 VISTOS: La documentación remitida por la Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, sobre la delimitación de competencia de la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao y de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao, para el conocimiento de los procesos penales que se tramitan ante el Undécimo Juzgado Especializado en lo Penal con Reos en Cárcel del Callao y el Quinto Juzgado Penal Transitorio de Descarga con Reos en Cárcel del Callao, materia del Ofi cio Nº 961-2013-OCEFEDTID-MP-FN de fecha 09 de julio del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, por medio de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 061-2001-MP-FN de fecha 18 de enero del 2001, se crearon Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas con competencia a nivel nacional, las mismas que posteriormente fueron reestructuradas por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1486-2005- MP-FN de fecha 08 de julio del 2005; por lo que en la actualidad, se tiene que en el Distrito Fiscal del Callao, existen la Primera y Segunda Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas; Que, los citados Despachos Fiscales del Distrito Fiscal del Callao, hasta el 25 de abril del 2013, trabajaron con tres órganos jurisdiccionales, siendo éstos los siguientes: a) el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, b) el Quinto Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, y c) el Séptimo Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, distribuyéndose la carga procesal de ambas Fiscalías Provinciales Especializadas de la siguiente manera: a) la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao, asumía la competencia de todos los procesos penales por delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, tramitados ante el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, b) la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao, asumía la competencia de todos los procesos penales por delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, tramitados ante el Quinto Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, y c) en el caso de los procesos penales tramitados ante el Séptimo Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, los correspondientes a expedientes judiciales con número impar, eran asumidos por la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao, y los de números par, por la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 109- 2013-P-CSJCL/PJ de fecha 29 de enero del 2013, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, en su artículo décimo noveno, procedió a la reprogramación de los turnos del Cuarto, Quinto, Séptimo y Undécimo Juzgados Especializados en lo Penal con Reos en Cárcel del Callao; asimismo, a través de la Resolución Administrativa Nº 072-2013-CE-PJ de fecha 25 de abril del 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso la conversión, a partir del 01 de mayo del 2013, del Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio del Callao, en el Quinto Juzgado Penal Transitorio de Descarga con Reos en Cárcel del Callao; Que, dada la incorporación en los turnos del Undécimo Juzgado Especializado en lo Penal con Reos en Cárcel del Callao y la conversión del Quinto Juzgado Transitorio Penal de Descarga con Reos en Cárcel del Callao, a través de las resoluciones antes señaladas, resulta necesario establecer una nueva delimitación de las competencias, para el conocimiento de los procesos penales por parte de la Primera y Segunda Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao; Que, conforme a lo expuesto y estando a la propuesta formulada por el Fiscal Superior - Jefe de la Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao, conozca los procesos penales por delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas tramitados ante el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal del Callao y Séptimo Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, así como de los ingresos con numeración “impar” del Quinto Juzgado Penal Transitorio de Descarga con Reos en Cárcel del Callao. Artículo Segundo.- DISPONER que la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas del Callao, conozca los procesos penales por delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas tramitados ante el Quinto Juzgado Especializado en lo Penal del Callao y Undécimo Juzgado Especializado en lo Penal con Reos en Cárcel del Callao, así como de los ingresos con numeración “par” del Quinto Juzgado Penal Transitorio de Descarga con Reos en Cárcel del Callao. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y al Fiscal Superior - Jefe de la Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1055092-2 Delegan a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima la atribución de reorganizar la competencia en todos los ámbitos de las Fiscalías Provinciales de San Juan de Lurigancho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 681-2014-MP-FN Lima, 26 de febrero del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 2827-2013-MP-FN-PJFS- LIMA, la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, propone se delegue a la Presidencia del referido Distrito Fiscal, la atribución de reorganizar la competencia en todos los ámbitos de las Fiscalías Provinciales de San Juan de Lurigancho,