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El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517639 dejando a salvo la facultad de la Fiscalía de la Nación, de ver y resolver aquellas situaciones cuya naturaleza sean complejas y/o trascendentales conforme a ley; Que, de la documentación que se anexa al Ofi cio antes referido, se advierte la problemática que afrontan los despachos de las Fiscalías Provinciales de San Juan de Lurigancho, en el conocimiento de las investigaciones tanto en el ámbito penal y en otras materias, siendo el diseño del turno fi scal actual, así como la carga procesal que afrontan, situaciones que ameritan ser reorientadas a través de una organización dinámica y acorde a la realidad de dichos Despachos Fiscales; por lo que siendo así, debe expedirse el resolutivo correspondiente a efectos de dar solución a esta problemática y brindar un mejor servicio a la ciudadanía; Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, a partir de la fecha y hasta el 31 de mayo del año en curso, la atribución de reorganizar la competencia en todos los ámbitos de las Fiscalías Provinciales de San Juan de Lurigancho y dictar disposiciones que permitan otorgar celeridad a la función fi scal. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto toda aquella resolución o disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General y Gerencia de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1055092-3 Aceptan renuncias y declinación, dan por concluidos designaciones y nombramientos, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 682-2014-MP-FN Lima, 26 de febrero del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante ofi cios Nº 656-2014-PJFS-ICA y Nº 2000-2014-MP-PJFS-DF-SANTA, se eleva las solicitudes de renuncias a los nombramientos en los cargos de Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales de los Distritos Judiciales de Ica y Santa, por motivos personales; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto con el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora KARLA PAOLA ESPINOZA CASTRO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Lucanas, materia de las Resoluciones Nº 1736-2009-MP-FN y Nº 494-2014-MP-FN, de fechas 27 de noviembre de 2009 y 10 de febrero de 2014, respectivamente. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora ROSARIO LIDIA LIZANA SALVATIERRA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Casma, materia de las Resoluciones Nº 2927-2012-MP-FN y Nº 4163- 2013-MP-FN, de fechas 05 de noviembre de 2012 y 20 de diciembre de 2013, respectivamente, con efectividad a partir del 22 de febrero de 2014. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Ica y Santa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1055092-4 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 683-2014-MP-FN Lima, 26 de febrero del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 24 de febrero de 2014, remitido por el doctor SEGUNDO FELIPE LOPEZ SOTELO, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal Corporativo de Nuevo Chimbote, Distrito Judicial del Santa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote, hace de conocimiento la declinación al nombramiento de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Casma, materia de la Resolución Nº 613- 2014-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2014; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la declinación formulada por el doctor SEGUNDO FELIPE LOPEZ SOTELO, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Casma, dejando sin efecto lo dispuesto en los artículos primero y segundo de la Resolución Nº 613-2014-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2014. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor JORGE LUIS CESPEDES DIEZ CANSECO, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote, materia de la Resolución Nº 613-2014-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2014. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor JORGE LUIS CESPEDES DIEZ CANSECO, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Casma. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Santa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1055092-5 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 684-2014-MP-FN Lima, 26 de febrero del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64º del Decreto