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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (27/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517646 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Abancay; Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los tres días del mes de febrero del año dos mil catorce. LILI RAMOS ANAMPA Presidenta Consejo Regional Apurímac 1054711-1 Autorizan viaje de Presidente del Gobierno Regional de Apurímac a Canadá, en comisión de servicios ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 009-2014-GR-APURÍMAC/CR. Abancay, 13 de febrero del 2014. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, el día jueves trece de febrero del año dos mil catorce, como Orden del Día: Proyecto de Acuerdo del Consejo Regional, “Aprobar la Autorización de Viaje en Comisión de Servicios a la Republica de Canadá - Toronto del Ing. Elías Segovia Ruiz”; y, CONSIDERANDO: Que, por Informe Nº 006-2014-GR-APURMAC/PR, se solicita autorización de viaje en comisión de servicios del Ing. Elías Segovia Ruiz, Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, a la República de Canadá - Toronto; para participar en el Prospectors and Developers Association of Canadá 2014, (PDAC 2014), evento de inversión minera más importante del mundo; a realizarse del 02 al 05 de marzo del 2014; Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, el último párrafo del Artículo 10º.- Medidas en materia de bienes y servicios de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 reseña “El requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y gobiernos locales, se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente. En todos los casos la resolución o acuerdo es publicada en Diario Ofi cial El Peruano; Que, de conformidad al Inciso g) del Artículo 21º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005-2011-GR.APURIMAC/CR, son atribuciones del Consejo Regional, autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación del Gobierno Regional realice el Presidente, Vicepresidente y los Consejeros Regionales; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha 13 de febrero del 2014, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Leyes modifi catorias, Reglamento Interno del Consejo Regional, con el voto en Mayoría de sus Miembros, con 06 votos a favor y un voto en contra del consejero regional Gerardo Sulca Quintana, y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; Ha aprobado el Acuerdo del Consejo Regional siguiente: Artículo Primero.- AUTORIZAR el Viaje en Comisión de Servicios del Ing. Elías Segovia Ruiz, Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, a la República de Canadá - Toronto, a partir del 01 al 06 de Marzo del 2014; debiendo informar a la Presidencia del Consejo Regional, al culminar el viaje autorizado. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo del Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los trece días del mes de febrero del año dos mil catorce. LILI RAMOS ANAMPA Presidenta Consejo Regional Apurimac 1054722-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 519-MSB de la Municipalidad Distrital de San Borja ACUERDO DE CONCEJO Nº 286 Lima, 11 de febrero de 2014 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de febrero del 2014, el Ofi cio Nº 001-090-00007315 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza N° 519-MSB de la Municipalidad Distrital de San Borja, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 264-181-00000126 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la citada Municipalidad Distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del