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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (28/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517679 Visto, el Memorándum N° 081-2014-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR y Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR y el Memorándum N° 50-2014-MINCETUR/VMT del Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del MINCETUR. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 188° de la Constitución Política del Perú, la descentralización es una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, en cuya razón el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada; Que, el artículo 83° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Sétima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, disponen que para asegurar que el proceso de transferencia se realice en forma progresiva y ordenada conforme lo establece la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el Poder Ejecutivo constituirá Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por el Viceministro del sector correspondiente, quienes propondrán planes anuales de transferencia, presentándolos ante el Consejo Nacional de Descentralización (hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros); Que, mediante Resolución Ministerial N° 144- 2002-MINCETUR/DM, de fecha 4 de diciembre de 2002, modifi cada por Resolución Ministerial N° 105- 2005-MINCETUR/DM, de fecha 23 de marzo de 2005, y precisada por Resolución Ministerial N° 102-2012- MINCETUR, de fecha 22 de marzo de 2012, se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Que, la referida Comisión, conforme a los documentos del Visto, ha elaborado el “Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2014”, el cual responde al “Índice de Contenido” remitido por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, habiéndose efectuado estrecha coordinación con esta última, a fi n de elaborar el citado Plan, acorde a la situación del proceso de transferencia e implementación de la gestión descentralizada del MINCETUR; Que, el citado Plan debe ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme al procedimiento establecido en el numeral 11.3.b de la Directiva N° 05-CND-P-2005, “Procedimiento para la formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobado por Resolución Presidencial N° 081-CND-P- 2005; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2002-MINCETUR, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; De acuerdo con los documentos del Visto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2014” del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, el cual consta de veintiséis (26) folios, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, y el Plan con los Anexos antes mencionados en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur. gob.pe). Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1055290-1 CULTURA Encargan a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, diversas intervenciones, proyectos de inversión pública y actividades priorizadas por el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2014-MC Lima, 27 de febrero de 2014 Vistos, el Informe N° 003-2014-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, y el Informe N° 116-2014-OGPP-SG/MC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica, constituyendo pliego presupuestal del Estado que tiene áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce competencias, funciones y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas; Que, conforme a la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone la creación de la Unidad Ejecutora “Proyectos Especiales” en el pliego Ministerio de Cultura; Que, con fecha 10 de febrero de 2014, se emitió la Resolución Ministerial N° 050-2014-MC, mediante la cual se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura, en cuyo artículo 3 se dispone expresamente que, “La Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, tendrá a su cargo los Proyectos de Inversión Pública que se le encarguen mediante Resolución Ministerial, debiendo ejercer sus actividades, como Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora, en concordancia con las normas para la formulación, evaluación y ejecución de la inversión que se desprenden de lo dispuesto en la Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública”; Que, dentro del referido contexto legal, con Informe N° 003-2014-VMPCIC/MC, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales propone a la Ministra de Cultura encargar a la citada Unidad Ejecutora los proyectos siguientes: “Intervención en el Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu”, “Cerco de Zonas Arqueológicas”, “Museo Nacional en Pachacámac”, “Museo Nacional Amazónico”, “Ampliación del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú en el distrito de Pueblo Libre” y “Saneamiento Legal de Zonas Arqueológicas”; Que, con Informe N° 26-2014-OGP-OGPP-SG/ MC adjunto al Informe N° 116-2014-OGPP-SG/MC, la Ofi cina de Gestión de Proyectos de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en relación a las intervenciones priorizadas por el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, señala que mediante Resolución Ministerial N° 050-2014-MC, se creó la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, donde se le otorga la función de formular, desarrollar estudios y ejecutar proyectos de inversión emblemáticos; Que, asimismo refi ere que en lo concerniente a las intervenciones en el Parque Arqueológico Nacional de