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El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517693 como, el Acta de Instalación será publicada en su portal Institucional y/o en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal virtud, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente, a fi n de constituir el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud, que tendrá su cargo el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 18° del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011- PCM, las cuales permitirán la articulación y coordinación del SINAGERD, en la gestión prospectiva, correctiva y reactiva, promoviendo la participación e integración de esfuerzos de las entidades públicas, el sector privado y la ciudadanía en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD, entre otros; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General ; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, en la Directiva de “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno” aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constitución del Grupo de Trabajo Constitúyase el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud, como espacio interno de articulación para el cumplimiento de las funciones de la gestión del riesgo de desastre, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y en el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM. Artículo 2°.- Conformación El Grupo de Trabajo estará conformado por: - La/El Ministra/o de Salud, quien lo presidirá; - El/La Viceministro/a de Salud Pública; - La/El Viceministra/o de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; - El/La Secretario/a General; - El/La Director/a General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, quien realizará las funciones de Secretario Técnico; - El/La Director/a General de la Ofi cina de Descentralización; - El/La Director/a General de la Dirección General de Salud de las Personas; - El/La Director/a General de la Dirección General de Promoción de la Salud; - El/La Director/a General de la Dirección General de Epidemiologia; - El/La Director/a General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; - El/La Director/a General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; - El/La Director/a General de la Dirección General de Salud Ambiental; - El/La Director/a de la Ofi cina General de Administración; - El/La Director/a General de la Ofi cina General de Comunicaciones; - El/La Director/a General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; - El/La Director/a General de la Ofi cina General de Estadística e Informática; - El/La Director/a Director General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo constituido en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, asumirá las siguientes funciones: - Coordinar y articular la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. - Promover la participación e integración de esfuerzos de las entidades públicas, el sector privado y la ciudadanía en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD. - Articular la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales. - Coordinar la articulación de sus decisiones en el marco de la integración y armonización de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres con otras políticas transversales de desarrollo. - Articular la gestión reactiva a través de: a) El Sistema Regional de Defensa Civil; b) Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) y c) Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales y - Coordinan los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. - Los demás que se le asignen en el marco de las disposiciones de la SINAGERD. Artículo 4º.- El Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, en su condición de Secretario Técnico del Grupo de Trabajo constituido en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, deberá establecer los mecanismos necesarios para la instalación e implementación del citado Grupo de Trabajo dentro del plazo de 5 días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5°.- La instalación y el desarrollo de las actividades del Grupo de Trabajo no generarán gastos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6°.- Disponer se remita copia de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo 7º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 071- 2011/MINSA que constituyó la Comisión Sectorial de Gestión de Riesgo de Desastres en Salud. Artículo 8°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Institucional del Ministerio de salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1054976-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 777-2010- MTC/03 a favor de persona natural, para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 101-2014-MTC/03 Lima, 18 de febrero del 2014 VISTO, el escrito de registro N° 2013-037601 del 24 de junio de 2013, presentado por el señor EMILIO SERAPIO JUBE COPARI, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 777-2010-MTC/03, en favor de la señora LUZ GRACIELA ROJAS DE ARPASI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 777- 2010-MTC/03 del 13 de octubre de 2010, notifi cada el 20