Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Que, de conformidad con el articulo 24º del Decreto Legislativo N° 1144 - que regula la Situacion Militar de los Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el articulo 21º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2013-DE, de fecha 4 de diciembre de 2013, establece que el personal nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 21º del referido Decreto Legislativo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el citado articulo; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 0242009-DE/SG de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Tecnico 3° Tel. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01902441, DNI. 43692098, para que se desempene como Auxiliar Administrativo en la Secretaria de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales con sede en la Estacion MORDAZA de Mayport, Jacksonville, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 28 de febrero de 2014 al 28 de febrero de 2016. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan al Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos (ida): MORDAZA - Jacksonville - MORDAZA (Estados Unidos de America) US$. 1,500.00 x 4 personas US$. 6,000.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalacion) US$. 2,220.00 x 2 compensaciones US$. 4,440.00 Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$. 2,220.00 / 28 x 1 dia (febrero 2014) US$. 79.29 US$. 2,220.00 x 10 meses (marzo ­ diciembre 2014) US$. 22,200.00 ---------------------TOTAL A PAGAR: US$. 32,719.29 Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, 1055568-5

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensacion Extraordinaria Mensual durante el periodo de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aereos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Comision de Servicio, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- El Tecnico designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la Comision de Servicio. Articulo 8°.- El citado Tecnico, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la normativa de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 123-2014-DE/SG MORDAZA, 27 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nros. 021 y 127 del 13 de enero y 21 de febrero de 2014 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 258 CCFFAA/OAAII/UAAII del 7 de febrero de 2014, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas por especial encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y Oficio Nº 247/2014-MINDEF/VPD/C/03 del 11 de febrero de 2014, el Director General de Educacion y Doctrina de este Ministerio, emiten opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 28 de febrero de 2014 al 2 de enero de 2015, a fin de participar en el VII Programa de Comando y Estado Mayor Conjunto; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso

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