Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, habiendose considerado pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y la Resolucion Suprema N° 0012013-MIDIS, que aprobo su Cuadro para Asignacion de Personal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir del 1 de marzo de 2014, la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Registrese y comuniquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1055153-1

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Regionales para financiar actividades de Programas Presupuestales en materia educativa
DECRETO SUPREMO Nº 040-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, dispone que con cargo a los recursos previstos en el pliego Ministerio de Educacion se transferiran a favor de las unidades ejecutoras de educacion de los Gobiernos Regionales a nivel nacional hasta CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 153 900 000,00) para el financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educacion Basica Regular y del Programa Presupuestal Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de la Educacion Basica Regular. Asimismo, el mencionado articulo 19 establece que tales recursos se podran transferir a favor de las unidades ejecutoras de educacion de los Gobiernos Regionales a nivel nacional hasta CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00) para el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliacion de la cobertura en educacion inicial, debiendo ser transferidos previo cumplimiento de compromisos de gestion para la adecuada provision de servicios educativos de calidad en el aula; Que, el articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, dispone que los recursos a los que se refiere dicho articulo son transferidos a las unidades ejecutoras del Sector Educacion en dos tramos, durante el primer trimestre del ano fiscal 2014 cuyos plazos son establecidos mediante resolucion ministerial del Ministerio de Educacion, senalando que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economia y Finanzas y el

ministro de Educacion a solicitud de este ultimo, para lo cual queda exonerado de las disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente articulo o limiten su aplicacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0192014-MINEDU, se aprueba la "Norma Tecnica para la Implementacion de los Compromisos de Gestion y Asignacion de Recursos" la cual establece, entre otros, dos tramos, cada uno de ellos condicionado al cumplimiento de los Compromisos de Gestion y a lo regulado en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 para realizar la transferencia de recursos a favor de Gobiernos Regionales. En el primer tramo se distribuye hasta el 50% de los recursos, que incluye el financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal, Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educacion Basica Regular y, como prioridad, el financiamiento de nuevas plazas docentes para ampliacion de cobertura de educacion inicial. En el MORDAZA tramo se distribuira el 50% restante, lo cual sera destinado al financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educacion Basica Regular y del Programa Presupuestal Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos de la Educacion Basica Regular; Que, mediante Informe Nº 004-2014-MINEDU/SPE la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion informa sobre el cumplimiento de los Compromisos de Gestion y Asignacion de Recursos conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 019-2014-MINEDU, asimismo, determina el monto a transferir correspondiente al primer tramo, a favor de los Gobiernos Regionales, en cumplimiento al articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a traves del Informe Nº 033-2014-MINEDU/SPE-UP, senala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, a fin de financiar lo dispuesto en el articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos, mediante el Memorando Nº 161-2014-EF/53.01, senala que ha evaluado la base de datos remitida por el Ministerio de Educacion, verificando que la cantidad de plazas a financiar en el primer tramo asciende a 2 502, por lo que el costo de ampliacion de cobertura en educacion inicial deberia ajustarse solo hasta TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 37 415 276,00), en ese sentido resulta necesario autorizar una transferencia de partidas en el primer tramo a favor de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 176 830,00); Que, adicionalmente, el articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, dispone que para la aplicacion de las transferencias autorizadas por dicho articulo se exceptua de las limitaciones en materia de modificaciones presupuestales establecidas en el numeral 9.1 del articulo 9 de esa misma Ley; Que, mediante el Oficio Nº 0296-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educacion solicita la aprobacion del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor de los Gobiernos Regionales para financiar actividades de programas presupuestales en materia educativa, en aplicacion al articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, correspondiente al primer tramo; De conformidad con el articulo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014,

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