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El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517689 RELACIONES EXTERIORES Disponen publicar resumen de párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2138 (2014) sobre informes del Secretario General sobre Sudán y Sudán del Sur, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0126/RE-2014 Lima, 26 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 13 de febrero de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2138 (2014), sobre los informes del Secretario General sobre Sudán y Sudán del Sur; siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2138 (2014) sobre los informes del Secretario General sobre Sudán y Sudán del Sur, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobada el 13 de febrero de 2014. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www. un.org). Artículo 2°- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2138 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Defensa Ministerio del Interior Superintendencia de Banca y Seguros y AFP Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores Resumen Sustantivo de la Resolución del Consejo de Seguridad Nº 2138 (2014) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7111ª sesión, celebrada el 13 de febrero de 2014 “El Consejo de Seguridad, Recordando sus anteriores resoluciones y declaraciones de su Presidencia relativas al Sudán, … Expresando preocupación por los riesgos para la paz y la seguridad que plantea el tráfi co ilícito, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras, …. Habiendo determinado que la situación imperante en el Sudán sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Decide prorrogar el mandato del Grupo de Expertos, nombrado originalmente en virtud de la resolución 1591 (2005)… Embargo de Armas 5. Expresa su preocupación por la posibilidad de que el suministro, la venta o la transferencia, de forma directa o indirecta, al Sudán de asistencia y apoyo técnicos, incluidos la capacitación, asistencia fi nanciera o de otro tipo y el suministro de piezas de repuesto, sistemas de armas y material conexo, puedan ser utilizados por el Gobierno del Sudán para prestar apoyo a aeronaves militares que se estén utilizando en contravención de las resoluciones 1556 (2005) y 1591 (2005), incluidas las aeronaves indicadas por el Grupo, e insta a todos los Estados a que tengan presente este riesgo a la luz de las medidas que fi guran en la resolución 1591 (2005); … 7. Expresa su preocupación por el hecho de que ciertos artículos continúen siendo convertidos para usos militares y siendo trasladados a Darfur, e insta a todos los Estados a que tengan presente este riesgo a la luz de las medidas que fi guran en la resolución 1591 (2005); … Aplicación … 9. Expresa su preocupación por el hecho de que la prohibición de viajar y la congelación de activos impuestas a las personas designadas no estén siendo aplicadas por todos los Estados Miembros, y solicita al Comité que responda efectivamente cuando se le informe de que un Estado Miembro no cumple lo dispuesto en el párrafo 3 de la resolución 1591 (2005) y la resolución 1672 (2006), incluso estableciendo un diálogo con todas las partes interesadas; 10. Reitera que todos los Estados deberán adoptar las medidas necesarias para impedir la entrada en su territorio o el tránsito por él de todas las personas designadas por el Comité, y exhorta al Gobierno del Sudán a que intensifi que la cooperación y el intercambio de información con otros Estados a este respecto; 11. Insta a todos los Estados, en particular a los de la región, a que informen al Comité sobre las gestiones que hayan realizado para aplicar las medidas impuestas por las resoluciones 1591 (2005) y 1556 (2004), incluida la imposición de medidas selectivas; … Cooperación 18. Insta a todos los Estados, los órganos competentes de las Naciones Unidas, la Unión Africana y demás partes interesadas a que cooperen plenamente con el Comité y el Grupo de Expertos, en particular proporcionando toda la información de que dispongan sobre la aplicación de las medidas impuestas por las resoluciones 1591 (2005) y 1556 (2004), y a que respondan oportunamente a las solicitudes de información; … 21. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.” 1055456-1 Designan funcionarios diplomáticos como representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal que se encargará de elaborar el informe que contenga la propuesta de plan de trabajo para la organización de la 86° Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0130/RE-2014 Lima, 26 de febrero de 2014