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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2014 (01/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Martes 1 de julio de 2014 526619 cierre de turno de los órganos jurisdiccionales sujetos a reubicación y conversión, esto es: 1° Sala Penal para Procesos con Reos Libres, 7° Sala Civil, 4° Juzgado Civil, 26° juzgado Civil, 27° Juzgado Civil, 29° Juzgado Civil, 34° Juzgado Civil, 9° Juzgado Penal, 10° Juzgado Penal, 11° Juzgado Penal, 35° Juzgado Penal, 39° Juzgado Penal, 41°Juzgado Penal, 56°Juzgado Penal, Juzgado Penal de Turno Permanente, 5° Sala Penal para procesos con Reos Libres, 7° Juzgado Civil y el 18°Juzgado Civil; Segundo.- Que, en virtud al mandato dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Administrativa N° 163- 2014-P-CSJLI/PJ de fecha 23 de mayo del 2014 y N° 171- 2014-P-CSJLI/PJ implementó el plazo para la remisión y redistribución de los expedientes de los órganos jurisdiccionales a ser reubicados y/o convertidos al Centro de Distribución General yo Mesa de partes respectivas para su redistribución aleatoria y posterior determinación del órgano competente para cada proceso judicial; Tercero.- Que, por Resolución Administrativa Nº 163-2014- P-CSJLI-PJ de fecha veintidós de mayo del dos mil catorce, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso que a partir del 23 de mayo del 2014, hasta el 30 de mayo del 2014 en atención a la Resolución Administrativa N° 158-2013-CE-PJ, todos los órganos jurisdiccionales descritos en el primer considerando de esta resolución administrativa culminen el proceso de remisión de la totalidad de sus expedientes al Centro de Distribución General del edifi cio Javier Alzamora Valdez y a la mesa de partes de la sede Anselmo Barreto para su redistribución entre todos sus pares especializados. Cuarto.- Que, mediante Resolución Administrativa N°187- 2014-CE-PJ, del 21 de mayo del presente año expedida por Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de vistos, se ordena se postergue la conversión y reubicación de órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima a la Corte Superior de Justicia de Lima Este, así como también modifica la Resolución Administrativa N° 138-2014-CE-PJ y la Resolución Administrativa N° 158-2014-CE-PJ, en lo referente a los plazos, creándolos y estableciendo nuevos en su caso. Quinto.- Que, por Resolución Administrativa N° 201-2014-CE- PJ del 06 de junio de 2014, se modifi ca la nómina de Juzgados Especializados de la Corte Superior de Justicia de Lima que irían a integrar la nueva Corte Superior de Justicia de Lima Este, por lo que resulta necesario modifi car las disposiciones contenidas en las Resoluciones Administrativas N° 163-2014-P-CSJLI/PJ y N° 171-2014- P-CSJLI/PJ, respecto del plazo de redistribución. Sexto.- Que, según expone la resolución 02 del veintitrés de junio del presente año, del Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, en mérito al Informe numero 02 suscrito por la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas ODECMA; aún quedan pendientes por redistribuir a un considerable porcentaje de expedientes. Séptimo.- Que, a lo anteriormente expuesto, se colige la necesidad de adoptar una decisión administrativa que asegure la correcta y oportuna supervisión y coordinación en la remisión de expedientes, razón por la cual se hace preciso nombrar a Jueces Coordinadores, cuya función se enmarca dentro de una política de trabajo coordinado entre la Presidencia y los Jueces, delegándosele así facultades de supervisión en el proceso de conversión de órganos jurisdiccionales y la redistribución de causas de manera ordenada. Octavo.- Que, en ese entendido los Magistrados de órganos jurisdiccionales convertidos, cesan sus funciones a partir del primero de Julio, por lo cual debe señalarse entre los jueces de su misma especialidad, un Magistrado Coordinador que de manera idónea y responsable realice las coordinaciones pertinentes necesarias para la redistribución de expedientes. Noveno.- Que en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fi n de que se de cumplimiento a lo antes citado; en consecuencia, se debe ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fi n, con sujeción a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Décimo.- Que, por razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N°214-2012-CE-PJ de fecha 05 de noviembre del 2012. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR Jueces Coordinadores, encargados del proceso de remisión y redistribución de expedientes, desde el primero de julio hasta el cuatro de agosto del presente año a los siguientes magistrados: 4°, 7 °, 18 °, 6 °, 35 ° y 17 ° Juzgados Civiles Dr. Jose Gregorio Camargo Cabezas. Dr. Carlos Alberto Cueva Andaviza. Dr. Alejandro Abel Jiménez Burga. 8° Juzgado de Familia. Dr. Lorenzo Martin Barturen Becerra. 6° y 8° Juzgados Constitucionales Dr. David Suarez Burgos. Dra. Amanda Lina Magallanes Carbajal. Dra. Lizy Magnolia Bejar Monge. 10°, 26°, 39°, 41° y 56° Juzgados Penales Dr. Pedro Fernando Padilla Rojas. Dra. Úrsula Maritza Ruiz Sánchez. Dr. Erasmo Rafael Benavides Corbetta. 7ma Sala Civil Dr. Jose Wilfredo Diaz Vallejos. Artículo Segundo: CUMPLAN los Magistrados Coordinadores con culminar proceso de redistribución, dentro del plazo señalado en el primer artículo de la presente resolución e informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, sobre el cumplimiento de las resoluciones referidas a la implementación de que trata la presente resolución. Artículo Tercero: DISPONER el apoyo de los Jueces Coordinadores designados , así como del grupo itinerante, Coordinación de Informática y las demás áreas administrativas de este Distrito Judicial; en las actividades que sean pertinentes, con el fi n de lograr todos los objetivos dentro de los plazos señalados que trata la presente resolución. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, velar por el cabal cumplimiento de la presente resolución debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Quinto: PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1104220-1