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El Peruano Miércoles 2 de julio de 2014 526669 del fabricante o proveedor de un servicio y del usuario fi nal o comprador. Evaluación de la conformidad(25): demostración de que se cumplen los requisitos especifi cados relativos a un producto, proceso, sistema, persona u organismo. Infraestructura de la calidad: conjunto de instituciones y servicios que aseguran la conformidad y características de los productos y servicios; abarca actividades de normalización, metrología, acreditación y evaluación de la conformidad a través de ensayos, inspección y certifi cación. Metrología(26): Es la ciencia de la medición, y comprende todos los aspectos tanto teóricos como prácticos referentes a las mediciones cualquiera que sea la incertidumbre de la medición y campo de aplicación. Normalización(27): Actividad que establece disposiciones para un uso común y repetido, encaminadas al logro del grado óptimo de orden con respecto a problemas reales o potenciales, en un contexto dado. Norma Técnica(28): Documento aprobado por una institución reconocida, que prevé, para un uso común y repetido, reglas, directrices o características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos, y cuya observancia no es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas. Procedimiento para la evaluación de la conformidad(29): Todo procedimiento utilizado, directa o indirectamente, para determinar que se cumplen las prescripciones pertinentes de los reglamentos técnicos o normas. Los procedimientos para la evaluación de la conformidad comprenden, entre otros, los de muestreo, prueba e inspección; evaluación, verifi cación y garantía de la conformidad; registro, acreditación y aprobación, separadamente o en distintas combinaciones. Servicios de Calidad: Servicios brindados en el ámbito de la Infraestructura de la calidad, cuyo alcance cubre Metrología, Normalización, Ensayos, Certifi cación y Acreditación. 8. Anexo: Documentos de referencia • INDECOPI. Evaluación de la Conformidad. Vocabulario y Principios generales. NTP-ISO/IEC 17000:2005 - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. • INDECOPI. Plan Estratégico Institucional 2012-2016. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. • INTERNATIONAL STANDARD ORGANIZATION (ISO).Base de datos de empresas certifi cadas por países, 2012. • GUASH, J. Luis et al. Sistemas de calidad y estándares hacia la construcción de ventaja competitiva. Banco Mundial. Primera edición, Washington DC, 2008. • GÖTHNER, K. y Rovira S. Impacto de la Infraestructura de la Calidad en América Latina: instituciones, prácticas y desafíos para las políticas públicas. CEPAL – Naciones Unidas, Physikalisch-Technische Bundesanstalt y GIZ – Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo de Alemania, Santiago de Chile, 2011. • KELLERMANN, Martin. International Technical Cooperacion- Physikalisch-Technische Bundesanstalt. Refl exiones sobre una Política Nacional para la Calidad. - Alemania 2011. • MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS – AENOR. Diagnóstico del Sistema Nacional para la Calidad peruano y Plan de Acción para su fortalecimiento. Proyecto coordinado por la República del Perú. • ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO – OMC. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio. Página web: http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/legal_ s.htm#tbt (consulta: 19 de marzo de 2014) • SANETRA, Clemens et al. Enfrentando el desafío global de la calidad: Una infraestructura nacional de la calidad. Organization of the American States - OAS y Physikalisch-Technische Bundesanstalt- Alemania, 2001. 25 NTP-ISO 17000: 2005 Evaluación de la Conformidad. Vocabulario y Principios Generales. 26 Vocabulario Internacional de Términos Básicos y Generales en Metrología, VIM Edición 2013 Organización Internacional de Metrología Legal. 27 GP/ISO 2:2013 Normalización y actividades relacionadas. Vocabulario general. 28 Organización Mundial del Comercio. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio 29 NTP-ISO 17000: 2005 Evaluación de la Conformidad. Vocabulario y Principios Generales. 1104853-1 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie caoba para el año 2014 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN GENERAL Nº 049-2014-MINAGRI-DGFFS Lima, 27 de junio de 2014 VISTO: El Informe Nº 1908-2014-MINAGRI-DGFFS- DGEFFS de fecha 13 de junio de 2014, el cual recomienda aprobar el Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie Swietenia macrophylla King “caoba” para el año 2014; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 66º de la Constitución Política del Perú, los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, el Estado es soberano en su aprovechamiento; y, por Ley Orgánica se fijan las condiciones para su utilización y otorgamiento a particulares. En concordancia con ello, se encuentra previsto en su artículo 67º que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, la Ley Nº 29376, en su artículo 2º, da fuerza de Ley y restituye el texto de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus modifi catorias y demás normas complementarias, y restituye su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; asimismo, en su artículo 4º precisa que las funciones otorgadas por la Ley Nº 27308, al que fue el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), son ejercidas por el Ministerio de Agricultura y los Gobiernos Regionales dentro del marco de sus competencias; Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, el Perú aprobó la suscripción de la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre–CITES, cuyo objetivo principal es la conservación y utilización sostenible de las especies de fauna y fl ora silvestre incluidas en los Apéndices de dicha convención contra su explotación excesiva a través del comercio internacional; Que, el artículo 12º del Reglamento para la Implementación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) en el Perú”, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2005-AG modifi cado por Decreto Supremo Nº 001-2008-MINAM, establece que el Ministerio de Agricultura es la Autoridad Administrativa CITES - Perú para los especímenes de las especies de fauna y fl ora silvestres incluidos en los Apéndices