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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2014 (02/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Miércoles 2 de julio de 2014 526681 se desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales la competencia para designar Auxiliares Coactivos; Que de las normas antes glosadas se aprecia que a partir del 12 de mayo de 2014, fecha de entrada en vigencia del nuevo ROF, se derogó tácitamente la competencia para designar Auxiliares Coactivos que tenía la Intendencia Lima según la Resolución de Superintendencia N.° 216- 2004/SUNAT, por lo que la citada Intendencia Lima al emitir el 15 de mayo de 2014 la Resolución de Intendencia N.° 020-024-0000257/SUNAT carecía de competencia para tal efecto, dado que dicha facultad ha sido atribuida por el ROF a la Superintendencia Nacional Adjunta Operativa, habiendo incurrido en la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del artículo 10° de la LPAG; Que de acuerdo con el artículo 390° del ROF, la Intendencia Lima es un órgano desconcentrado directamente dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta Operativa, así de acuerdo con lo dispuesto en el literal r) del artículo 14° del ROF, el Superintendente Nacional Adjunto Operativo resulta competente para emitir pronunciamiento respecto de la nulidad solicitada; De conformidad con la LPAG, y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución de Intendencia N.° 020-024-0000257/SUNAT del 15 de mayo de 2014. Artículo 2º.- Disponer que, previa evaluación de los antecedentes y en caso corresponda, se adopten las acciones pertinentes para hacer efectiva la responsabilidad a que se refi ere el artículo 11° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT en concordancia con el Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la SUNAT, al haberse declarado la nulidad de la Resolución de Intendencia N.° 020-024-0000257/ SUNAT del 15 de mayo de 2014, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE VEJARANO VELÄSQUEZ Superintendente Nacional Adjunto Operativo 1104104-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Modifican la Res. Nº 085-2014- Superintendencia Nacional de Salud/ S, sobre encargo de funciones de la Intendencia de Fiscalización y Sanción RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 007-2014-SUSALUD/S Lima, 30 de junio de 2014 VISTOS: El Informe del Encargado de las Funciones de la Ofi cina General de Gestión de las Personas Informe N° 00035-2014/OGPER, de fecha 30 de junio 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1158, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de junio de 2014, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Salud, cuyo acrónimo es SUSALUD, derogándose el Decreto Supremo N° 009-2011-SA que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; Que, por Resolución de Superintendencia N° 085-2014 – Superintendencia Nacional de Salud/S, de fecha 10 de junio de 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de junio de 2014, la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud, por las consideraciones que constan en la citada Resolución; y, con la fi nalidad de asegurar el normal funcionamiento de la SUSALUD, ha dictado medidas transitorias internas encargando funciones específi cas a determinados funcionarios de la Institución, las que subsistirán en tanto se aprueben los correspondientes instrumentos de gestión, entre ellos el Cuadro Para Asignación de Personal y el Cuadro de Puestos de la Entidad, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1158, que permitan operar acorde a la nueva estructura orgánica y funcional establecida por el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Entidad; Que, para el mejor desarrollo de las funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, encargadas al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro HERNÀN FRANCISCO RAMOS ROMERO, es necesario relevar a este funcionario del desempeño simultáneo de las funciones de la Intendencia de Fiscalización y Sanción, que se le han encargado en la parte pertinente del artículo primero de la citada Resolución de Superintendencia; Que, para tal efecto es necesario encargar a otro funcionario de la Institución las funciones de la Intendencia de Fiscalización y Sanción; En ejercicio de las facultades de las que está premunida la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud de conformidad con el numeral 4 del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158 y en concordancia con la Tercera de sus Disposiciones Complementarias Transitorias que establecen sus atribuciones de organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la institución así como la del ejercicio del cargo de Superintendente Nacional de Salud; y, De conformidad con lo establecido por los literales c), w) y cc) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en cuanto confi eren las facultades de organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Superintendencia, así como expedir resoluciones y otros dispositivos que por norma legal se establezca y ejecutar las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia. SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el artículo primero de la Resolución de Superintendencia N° 085-2014- Superintendencia de Nacional de Salud/S, de fecha 10 de junio de 2014, en cuanto encarga transitoriamente al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro, señor Médico Cirujano HERNÀN FRANCISCO RAMOS ROMERO las funciones de la Intendencia de Fiscalización y Sanción, sustituyendo a este funcionario por la señorita abogada ROSA TERESA LUSMILA AYLLÓN CABRERA; quien asumirá transitoriamente las funciones de la Intendencia de Fiscalización y Sanción, en adición a las labores derivadas de las funciones que actualmente desempeña en la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, conforme a los considerandos de la presente resolución y sin perjuicio del encargo de funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización que la citada Resolución establece. Artículo 2.- Precisar que el encargo dispuesto por la presente resolución, tiene vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.