Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2014 (13/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA 13 de MORDAZA de 2014

527681
Explotacion de Armamento Coheteril Antiaereo (Ciudad de Smolensk, del 01 de octubre de 2014 al 31 de MORDAZA de 2020)
Nº 1 2 GRADO CAD I EP CAD I EP NOMBRE Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Josmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 47416711 70810513 CIP 125635100 125590800

Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23º de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014; Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al personal militar del Ejercito del Peru que se detalla a continuacion, para que participen en los cursos de Empleo de Unidades y Explotacion de Sistemas Multicanales de Telecomunicacion (Ciudad de San Petersburgo), Explotacion de Armamento Coheteril Antiaereo (Ciudad de Smolensk), Formacion de Oficiales de Infanteria (Ciudad de Blagoveschensk), Formacion de Caballeria Blindada (Ciudad de Blagoveschensk) y Formacion de Oficiales de Artilleria (Ciudad de San Petersburgo), del 01 de octubre de 2014 al 31 de MORDAZA de 2020, en los Centros Docentes Cientificos Militares del Ministerio de Defensa de la Federacion de Rusia: Empleo de Unidades y Explotacion de Sistemas Multicanales de Telecomunicacion (Ciudad de San Petersburgo, del 01 de octubre de 2014 al 31 de MORDAZA de 2020)
Nº 1 2 GRADO CAD I EP CAD I EP NOMBRE Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 76829206 47979483 CIP 120534234 130057412

Formacion de Oficiales de Infanteria (Ciudad de Blagoveschensk, del 01 de octubre de 2014 al 31 de MORDAZA de 2020)
Nº 1 2 GRADO CAD I EP CAD I EP NOMBRE Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 76379363 47729850 CIP 125643200 125641600

Formacion de Caballeria Blindada (Ciudad de Blagoveschensk, del 01 de octubre de 2014 al 31 de MORDAZA de 2020)
Nº 1 2 GRADO CAD I EP CAD I EP NOMBRE Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Darwin MORDAZA MORDAZA DNI 70231281 70517400 CIP 134121000 125558400

Formacion de Oficiales de Artilleria (Ciudad de San Petersburgo, del 01 de octubre de 2014 al 31 de MORDAZA de 2020)
Nº 1 2 GRADO CAD I EP CAD I EP NOMBRE Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA BABBINI DNI 47137302 CIP 125563000 125711000

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 47760421

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aereos: Lima­Smolensk (Federacion de Rusia) (Clase economica) US$ 4,000.00 x 02 personas US$ 8,000.00 MORDAZA ­ Blagoveschensk (Federacion de Rusia) (Clase economica) US$ 5,000.00 x 04 personas US$ 20,000.00 MORDAZA ­ San Petersburgo (Federacion de Rusia) (Clase economica) US$ 4,250.00 x 04 personas US$ 17,000.00 Gastos de Traslado - Ida US$ 500.00 x 1 x 10 personas US$ 5,000.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 500.00 x 03 meses x 10 personas (01 Oct -31 Dic 2014) US$ 15,000.00 Total a pagar: US$ 65,000.00

Articulo3º.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Articulo 5º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El personal militar revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la mision de estudios.

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