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El Peruano Domingo 13 de julio de 2014 527682 Artículo 7º.- El personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1109937-3 Autorizan viaje de oficial de la Fuerza Aérea del Perú a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 328-2014-DE/FAP Lima, 12 de julio de 2014 Visto el Acta de la Primera Reunión Bilateral entre el Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire del Reino de España y el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú de fecha 14 de noviembre de 2013 y el Ofi cio NC-50-CEPE-Nº 0678 de fecha 27 de mayo de 2014 del Comandante de Educación de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones bilaterales con otras Fuerzas Aéreas, entre las cuales se encuentra el Ejército del Aire del Reino de España, en el marco de las Medidas de Confi anza Mutua y de Seguridad, por el cual Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú, vienen siendo capacitados en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas de España, ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, adquiriendo nuevas capacidades académicas, las mismas que serán revertidas a la institución a través de las escuelas de enseñanza superior; Que, de acuerdo a lo establecido en la Actividad Nº 7 del Anexo B del Acta de la Primera Reunión Bilateral entre el Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire del Reino de España y el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú de fecha 14 de noviembre de 2013, se establece que el Ejército del Aire del Reino de España ofrece una beca para que un Ofi cial de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Curso de Estado Mayor, en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas de España, ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 01 de setiembre de 2014 al 30 de junio de 2015; Que, la Fuerza Aérea del Perú como parte de la política institucional y en mérito a su desempeño profesional, ha designado al Comandante FAP LUIS FERNANDO MERINO JIMENEZ, para que participe en curso mencionado en el considerando precedente; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Madrid, Reino de España, del Comandante FAP LUIS FERNANDO MERINO JIMENEZ, para que participe en el Curso de Estado Mayor, en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas de España, ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 01 de setiembre de 2014 al 30 de junio de 2015, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 01 de setiembre al 31 de diciembre de 2014, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el pago correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2015, con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2015; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida capacitación, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008- DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 – “Ley de Situación de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del Comandante FAP LUIS FERNANDO MERINO JIMENEZ, NSA: O-9583990 DNI: 43579488, para que participe en el Curso de Estado Mayor, en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas de España, del 01 de setiembre de 2014 al 30 de junio de 2015; así como autorizar su salida del país el 30 de agosto de 2014 y su retorno el 02 de julio de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: