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El Peruano Domingo 13 de julio de 2014 527684 presupuesto institucional del año fi scal 2014 del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 007: Provías Nacional, a favor del Gobierno Regional del departamento del Cusco, con la fi nalidad de fi nanciar actividades de mantenimiento de infraestructura vial departamental; De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 30210, Ley que aprueba modifi caciones presupuestarias en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y aprueba otras medidas; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO DOCE MILLONES SETECIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..112.701 153,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 446: Gobierno Regional del departamento de Cusco, con la fi nalidad de fi nanciar las actividades de mantenimiento de infraestructura vial departamental, en el marco de lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 30210, Ley que aprueba modifi caciones presupuestarias en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y aprueba otras medidas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 007 : Provías Nacional PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PRODUCTO 3000131 : Camino Nacional con Mantenimiento Vial ACTIVIDAD 5001437 : Prevención y Atención de Emergencias Viales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 112 701 153,00 TOTAL EGRESOS 112 701 153,00 A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 446 : Gobierno Regional del departamento de Cusco UNIDAD EJECUTORA 200 : Región Cusco - Transportes PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre PRODUCTO 3000132 : Camino Departamental con Mantenimiento Vial ACTIVIDAD 5002376 : Mantenimiento Periódico de la Red Vial Departamental No Pavimentada FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 112 701 153,00 TOTAL EGRESOS 112 701 153,00 Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JOSE DAVID GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1109937-1 EDUCACION Aprueban cronograma y metas de concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial e incorporan Anexo 2 a Norma Técnica aprobada por Res. Nº 813-2014-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2014-MINEDU Lima, 11 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que los profesores nombrados, pertenecientes al régimen de la Ley N° 24029, comprendidos en los niveles magisteriales I y II, son ubicados en la primera escala magisterial, los del III nivel magisterial en la segunda escala magisterial, y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la tercera escala magisterial a que se refi ere la citada Ley; siendo que, para facilitar su acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escalas magisteriales, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0631-2013- ED, se convocó excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales dirigidos a los profesores procedentes de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, para acceder a la tercera, cuarta, quinta y sexta escalas magisteriales; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 813-2014-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial”, en adelante Norma Técnica, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos