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El Peruano Domingo 13 de julio de 2014 527683 Pasaje Aéreo (Ida): Lima – Madrid (Reino de España) US$ 1,957.64 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 1,957.64 Gastos de traslado – Ida (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 4,050.00 x 01 x 01 persona = US$ 4,050.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 4,050.00 x 04 meses x 01 persona = US$ 16,200.00 -------------------- Total a pagar = US$ 22,207.64 Artículo 3º.- El pago correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2015, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2015. Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6º.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El citado Ofi cial, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1109937-4 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cusco en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 para financiar actividades de mantenimiento de infraestructura vial departamental DECRETO SUPREMO Nº 204-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el referido Ministerio constituye un pliego presupuestal, asimismo, señala que ejerce entre sus competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, entre otras, la infraestructura de transportes de alcance regional y local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS Nacional, unidad ejecutora del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, así como de la planifi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; Que, mediante el artículo 9 de la Ley Nº 30210, Ley que aprueba modifi caciones presupuestarias en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y aprueba otras medidas, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2014, para efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del pliego Gobierno Regional del departamento de Cusco, hasta por la suma de CIENTO DOCE MILLONES SETECIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..112.701.153,00), con la fi nalidad de fi nanciar las actividades de mantenimiento de infraestructura vial departamental, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; Que, para tal efecto, en el segundo párrafo del citado artículo de la Ley Nº 30210, se autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a su presupuesto institucional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, quedando exceptuado, para tal fi n, de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modifi catorias; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, a través del Ofi cio Nº 809-2014-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se efectúe modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del pliego 446: Gobierno Regional del departamento de Cusco, hasta por la suma de CIENTO DOCE MILLONES SETECIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 112 701 153,00), a fi n de fi nanciar actividades de mantenimiento de infraestructura vial departamental; para lo cual, el referido Ministerio acompaña a través del Memorando Nº 1363-2014-MTC/09.03 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 845-2014-MTC/09.03 de su Ofi cina de Presupuesto que propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014; y señala que para efectuar las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del referido Gobierno Regional ha realizado al interior de su Unidad Ejecutora 007: Provías Nacional, modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, dentro de los alcances establecidos en el segundo párrafo del artículo 9 de la Ley Nº 30210, hasta por la suma y para el fi n establecido en dicha norma; Que, en consecuencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 30210, Ley que aprueba modifi caciones presupuestarias en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y aprueba otras medidas, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CIENTO DOCE MILLONES SETECIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 112 701 153,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del